Condenas de hasta 53 años para los miembros de la célula yihadista responsable de los atentados de Barcelona y Cambrils en 2017
La Audiencia Nacional ha condenado a Mohamed Houli, Driss Oukabir y Said Ben Iazza por unos hechos que causaron 16 muertos y 140 heridos en agosto de 2017
La Audiencia Nacional ha condenado a Mohamed Houli, Driss Oukabir y Said Ben Iazza por unos hechos que causaron 16 muertos y 140 heridos en agosto de 2017
La Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre 8 y 53 años de cárcel a los tres miembros de la célula yihadista que perpetró los atentados del 17 de agosto de 2017 en Las Ramblas de Barcelona, mediante un atropello masivo con una furgoneta, y en el paseo marítimo de Cambrils (Tarragona), que causaron 16 muertos y 140 heridos.
En concreto, la sección tercera de la Sala de lo Penal condena a 53 años de prisión a Mohamed Houli, quien resultó herido en la explosión en Alcanar (Tarragona), 46 a Driss Oukabir, quien alquiló la furgoneta de Las Ramblas, y 8 años para Said Ben Iazza por prestar su documentación y una furgoneta para comprar y transportar artefactos explosivos.
A los dos primeros, la sentencia les atribuye delitos de pertenencia a organización terrorista; tenencia, depósito así como fabricación de sustancia o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista; y estragos en tentativa de carácter terrorista en concurso con 29 delitos de lesiones por imprudencia grave.
La Sala, sin embargo, ha rechazado considerar a ambos coautores de 14 delitos de homicidio en tentativa de carácter terrorista, así como de 34 delitos de lesiones de carácter terrorista y de cinco de lesiones por imprudencia como pedían algunas acusaciones, no así la Fiscalía.
A Said Ben Iazza, la Audiencia Nacional le condena a 8 años por el delito de colaboración con organización terrorista y le impone, además, la inhabilitación absoluta y especial, así como la prohibición de acercarse a Alcanar durante cinco años desde que cumpla la pena de prisión.
Penas más altas que las solicitadas por la Fiscalía
La sentencia del tribunal supera la demanda de penas que solicitó la Fiscalía, ya que interesaban penas de 41 y 36 años de prisión para Houli y Oukabir, respectivamente, por delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de sustancia explosivas y por conspiración para el delito de estragos, mientras que para el tercer acusado solicitaba una condena a ocho años de cárcel por colaboración con la célula yihadista.
El Ministerio Público no acusó a ninguno de asesinato terrorista, dado que no tuvieron una participación directa en los atentados. Discreparon en este punto con muchas de las acusaciones particulares y, en particular, con las acusaciones populares -ejercidas por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación 11M-, que solicitaban para Houli Chemlal y Oukabir la pena de prisión permanente revisable.
Para Mohamed Houli Chemlal, el joven que resultó herido en la explosión de la vivienda de Alcanar un día antes del atropello de la Rambla, el Ministerio Público solicitaba la pena más alta, un total de 41 años de cárcel por los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia, depósito y fabricación de explosivos, y conspiración para cometer estragos terroristas. La segunda pena más elevada que reclamaba la fiscal del caso era para Driss Oukabir, hermano de uno de los terroristas abatidos en Cambrils, con 36 años de prisión por los mismos delitos que Houli.
Para el tercer procesado, Said Ben Iazza -quien fue detenido en Castellón meses después de los atentados-, se piden ocho años por colaboración con la célula, según consta en el escrito de calificación de penas que la Fiscalía remitió a la Sección Tercera de la Sala de lo Penal antes del juicio.
El juicio arrancó en noviembre de 2020 y se extendió durante 32 sesiones hasta febrero de 2021. En la primera sesión, los acusados ya dejaron ver cuál sería su estrategia de defensa durante el juicio, ya que Mohamed Houli Chemlal, único superviviente en la explosión de la vivienda de Alcanar, donde se prepararon los explosivos para atentar, se acogió a su derecho a no declarar, aunque mostró arrepentimiento por lo sucedido e insistió en su colaboración con la justicia. No obstante, los otros dos acusados se limitaron a responder a sus abogados, desmarcándose de la tesis acusatoria de la Fiscalía.
Más de 376.000 euros en indemnizaciones
Los tres condenados tendrán que indemnizar a las víctimas con un total de 376.426,41 euros por los daños, lesiones y secuelas sufridos, según ha ordenado la Audiencia Nacional en la misma sentencia dictada este jueves. En concreto, tendrán que indemnizar conjuntamente por la mitad y solidariamente entre sí a un total de 31 víctimas, incluidos 13 mossos d’esquadra, por la suma total de 355.220 euros.
La mayor indemnización es para un mosso, al que la Sala de lo Penal ordena pagar 30.420 euros por las lesiones y otros 180.000 euros por la incapacidad permanente total que le ha quedado para desarrollar su trabajo y que le limita la práctica deportiva. A su hijo le corresponden 2.700 euros por las lesiones y 300 por las secuelas. Además, Houli Chemlal y Oukabir tendrán que abonar en concepto de daños 936,91 euros a ese mismo mosso y 10.134,75 euros a otras dos víctimas, lo que eleva la suma total a 376.426,41 euros.
Sin embargo, aún quedan por determinar las indemnizaciones a cobrar por otras cuatro víctimas en concepto de lesiones y secuelas, cantidades que se precisarán en la fase de ejecución de la sentencia. A ello se añaden también los pagos que tendrán que realizar a sus respectivos dueños por los daños ocasionados a vehículos y viviendas, entre ellas varias de la Urbanización Montecarlo de Alcanar donde tuvo lugar la explosión en la que murió el imán de Ripoll. En cualquier caso, el Estado será responsable civil directo con los límites cuantitativos establecidos por la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.