El BOE publica los reales decretos con los indultos a los líderes independentistas catalanes
A primera hora de la mañana el Boletín Oficial del Estado ha publicado los indultos parciales a los nueve líderes independentistas catalanes aprobados este martes por el Consejo de Ministros. Pocas horas después, el Tribunal Supremo ha ordenado la excarcelación inmediata de los nueve líderes independentistas catalanes.
Las claves: los indultos, sancionados por el rey Felipe VI, como establece el artículo 62 de la Constitución, conmutan las penas pendientes de prisión de los condenados aunque mantienen las de inhabilitación, por lo que no podrán ejercer cargos públicos mientras dure la pena.
Tras publicarse los indultos en el BOE, el Tribunal Supremo ha ordenado la excarcelación inmediata de los nueve líderes independentistas catalanes condenados por el procés, a quienes el Gobierno ha concedido el indulto apelando a «razones de utilidad pública».
Está previsto que los presos salgan de las prisiones en las que cumplen condena a partir de las 12:00 horas y sean recibidos por miembros del Govern y diputados.
La medida de gracia está condicionada a que no cometan un delito grave (superior a cinco años de prisión) y doloso (de forma voluntaria) en una horquilla de entre tres a seis años, en cuyo caso la pena indultada se sumaría a una eventual nueva condena.
Cabía la posibilidad de que el Supremo hubiera actuado ayer siempre y cuando el Ejecutivo les hubiera comunicado por cualquier canal la decisión, pero el Gobierno no contempló esa vía porque, según Moncloa, nunca se ha hecho antes y aquí, pese a la trascendencia de estos indultos, se iba a seguir el cauce habitual, que no era otro que esperar a su publicación en el BOE.
Consultas los indultos a los presos del procés: