La Justicia mantiene la suspensión cautelar de la repatriación de los menores marroquíes en Ceuta
Se ha ratificado la suspensión del procedimiento para los nueve que no llegaron a cruzar la frontera
Se ha ratificado la suspensión del procedimiento para los nueve que no llegaron a cruzar la frontera
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta ha notificado que mantiene la suspensión cautelar urgente de la repatriación de nueve menores migrantes que fue solicitada por la Asociación Coordinadora de Barrios para el Seguimiento de Menores y Jóvenes.
Esta asociación, junto con la Fundación Raíces, solicitó el pasado 16 de agosto la suspensión de la devolución de 12 menores, pero tres de ellos ya estaban en Marruecos. La jueza acordó que se suspendiera el procedimiento para los nueve que no llegaron a cruzar la frontera, y ahora ratifica esa decisión.
Días después, y tras la apertura de otros procedimientos en instancias judiciales, el Gobierno de la ciudad autónoma anunció que mantendría paralizada la devolución del resto de menores que siguen en Ceuta desde la entrada masiva del pasado mes de mayo hasta que haya un pronunciamiento judicial definitivo.
Según se recoge en el auto emitido este miércoles por la magistrada y al que ha tenido acceso Efe, una vez estudiada toda la documentación presentada por la Delegación del Gobierno y la Fiscalía, se ha decidido “mantener la suspensión de la actuación material dirigida a repatriar a los menores no acompañados que aún no han sido devueltos a Marruecos”.
En el auto indica que, “de levantarse dicha medida, se estaría permitiendo la repatriación de los mismos; por lo que, de dictarse sentencia estimatoria de la pretensión de la parte actora, esta sería absolutamente ineficaz al haberse ejecutado una decisión administrativa vulneradora de un derecho fundamental, sin lograrse el amparo pretendido al encontrarse el menor en Marruecos”.
En el auto queda recogido que no consta que se haya cumplido con ninguno de los preceptivos trámites que exige la Ley de Extranjería, resaltándose que no se ha aportado información alguna de los menores afectados que pudiera permitir conocer los datos que han determinado su repatriación.
Además, añade que “no consta que se haya comunicado el inicio del proceso de repatriación ni a los menores, ni a la Ciudad Autónoma de Ceuta pese a asumir esta la guarda de los menores, ni tampoco al Ministerio Fiscal”, por lo que no se puede saber si estas repatriaciones cumplen con los trámites exigidos.
La magistrada recuerda a las partes implicadas que “uno de los principios esenciales del ordenamiento es que las leyes deben cumplirse en sus propios términos”, destacando que precisamente ello implica que “todos, incluidas las Administraciones, tienen la obligación de las normas vigentes, sin realizar excepciones no contempladas expresamente en el propio texto normativo».
Sobre esta cuestión también pone de manifiesto que el incumplimiento de estos trámites que están recogidos en el ordenamiento jurídico “generan indefensión en los menores que han sido privados de la posibilidad de formular alegaciones o proponer prueba; de conocer los concretos datos tenidos en cuenta para adoptar tal decisión; y de poder accionar los recursos establecidos para dejar sin efecto la resolución”.
Una vez conocida la decisión de la magistrada del Contencioso-Administrativo número 1 de Ceuta habrá que estar a la espera de si la Ciudad o la Abogacía del Estado la recurren, ya que, tal y como se resalta en el auto, “cabe interponer recurso de apelación en un solo efecto”.
Fuente: EFE