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La entrega del Pollo Carvajal se paraliza: el TS rechaza suspender de urgencia su extradición a EE.UU.

La decisión del TS se ha conocido el mismo día en que el exgeneral ha comparecido a petición propia en la Audiencia Nacional como testigo en un procedimiento por terrorismo

La entrega del Pollo Carvajal se paraliza: el TS rechaza suspender de urgencia su extradición a EE.UU.

La decisión del TS se ha conocido el mismo día en que el exgeneral ha comparecido a petición propia en la Audiencia Nacional como testigo en un procedimiento por terrorismo

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado suspender de urgencia el acuerdo del Consejo de Ministros que dio luz verde a la extradición a Estados Unidos del exgeneral venezolano Hugo Armando Carvajal, conocido como el Pollo Carvajal, un proceso que la Audiencia Nacional mantiene por el momento paralizado.

Unos días después de ser detenido en Madrid tras casi dos años huido, la defensa del exgeneral chavista presentó ante el alto tribunal medidas cautelarísimas en busca de suspender la ejecutividad del acuerdo de su extradición, adoptado el 3 de marzo de 2020 por el Consejo de Ministros tras autorizarla la Audiencia Nacional.

La Sección Quinta de lo Contencioso del Supremo ha desestimado la solicitud de Carvajal al considerar «nada hay» en su escrito que permita concluir la concurrencia de circunstancias de especial urgencia ni se alegan nuevos argumentos respecto a los planteados en una petición de suspensión cautelar formulada en 2020 que ya fue rechazada en mayo de ese año.

Actualmente, la entrega del Pollo Carvajal a Estados Unidos, donde se le reclama por delitos de narcotráfico, se encuentra paralizada por orden de la Audiencia Nacional hasta que se resuelva la petición de asilo que formuló el exgeneral chavista. El Ministerio del Interior denegó dicha solicitud en 2019, si bien su defensa presentó un recurso contra la resolución desestimatoria.

En su auto, el Supremo también pone en marcha el trámite de incidente cautelar por el procedimiento ordinario, es decir, da cuenta de la petición al Gobierno como autor de la resolución impugnada.

Pero la Sala recuerda que «la pretensión» debe examinarse dejando constancia que ya hubo una medida cautelar que fue denegada al considerar que «la entrega de ciudadanos a los que se ha declarado la procedencia de la extradición ya ha sido declarada por el Tribunal del Orden Penal».

En aquel momento Carvajal estaba «en ignorado paradero», recuerda el Supremo, que estudiará el fondo de su recurso el próximo 26 de octubre, según informan fuentes jurídicas.

La Sala «no llega a comprender la petición que se hace respecto de la suspensión de una resolución, la orden de entrega, cuando ya se había denegado la medida cautelar», y cuestiona además que se solicite por «vía procedimental sumaria, sin invocar peculiaridad alguna de las circunstancias de las que deducir esa preliminar circunstancia».

Reconoce el tribunal que la medida cautelar puede solicitarse en cualquier estado del procedimiento, si bien, «por pura lógica jurídica, cuando ya se ha denegado una primera petición» reiterarla obliga a «invocar nuevos argumentos».

La decisión del Supremo se ha conocido el mismo día en que el exgeneral ha comparecido a petición propia en la Audiencia Nacional como testigo en un procedimiento abierto por terrorismo, en el que ha declarado sobre asuntos que dice conocer como exresponsable de la Inteligencia venezolana y que serían de interés para España, y se ha comprometido a aportar documentación para corroborar sus afirmaciones.

Fuente: EFE

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