Un juzgado de Madrid paraliza la licencia para las exhumaciones en el Valle de los Caídos
«Son evidentes los daños que se podrían causar si se procede a efectuar actuaciones antes de que se pronuncie la sentencia definitiva», afirma el auto
«Son evidentes los daños que se podrían causar si se procede a efectuar actuaciones antes de que se pronuncie la sentencia definitiva», afirma el auto
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Madrid ha suspendido la licencia urbanística para la rehabilitación de los accesos a las criptas de la Basílica del Valle de los Caídos para llevar a cabo las exhumaciones del lugar.
En un auto fechado este 16 de noviembre y al que ha tenido acceso Efe, la jueza Eva María Bru Peral adopta estas medidas cautelares que paralizan, al menos de forma temporal, la decisión que tomó la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial.
El pasado 24 de junio, el Consistorio sanlorentino concedió a Patrimonio Nacional la licencia urbanística para estas obras que tenían como objetivo facilitar la exhumación de las víctimas.
Sin embargo, la Asociación por la Reconciliación y la Verdad Histórica decidió recurrir esta medida porque considera que ello influiría en la «necesidad de respetar el sagrado reposo eterno» de los fallecidos y sus familias.
En su auto, la jueza considera que las obras deben paralizarse ya que «son evidentes los daños que se podrían causar si se procede a efectuar actuaciones antes de que se pronuncie la sentencia definitiva por cuanto la construcción originaria habría desaparecido».
Contra esta decisión cabe interponer recurso de apelación en un término de 15 días ante este juzgado y ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM).
Los hermanos Lapeña Altabás, Manuel y Antonio Ramiro, fueron fusilados en 1936 por los franquistas, enterrados en Calatayud (Zaragoza) y luego reinhumados sin permiso de la familia y de forma subrepticia en el Valle de los Caídos en 1959.
Una sentencia de 2016 de un juez de San Lorenzo de El Escorial reconoció el derecho de la familia a que los cadáveres fueran exhumados y trasladados adonde sus allegados decidieran.
Fuente: EFE