La Abogacía del Estado renuncia a personarse en la causa de los gastos del 'procés'
La Abogacía aún podría presentar una demanda porque, si bien formalmente no están personados, se les dará traslado de la causa para que se manifiesten más adelante
El Tribunal de Cuentas ha informado este martes de que una vez finalizado el plazo para personarse en la causa donde se enjuiciará el presunto uso irregular de fondos públicos para el 1-O, las denominadas ‘embajadas catalanas’ y el Consejo de la Diplomacia Pública de Cataluña –conocido como Diplocat–, continúan en el proceso ‘Sociedad Civil Catalana, Asociación Cívica y Cultural’, el Ministerio Fiscal y los presuntos responsables contables. La Abogacía del Estado finalmente no se persona.
El Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas indica, en nota de prensa recogida por Europa Press, que una vez finalizado el plazo para personarse no se ha registrado ninguna nueva personación. Recuerda que el último edicto relativo al plazo de personación se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el día 30 de diciembre, y que por lo tanto el referido plazo concluyó el día 17 de enero.
Fuentes del órgano fiscalizador indican sin embargo que si bien es poco probable que la Abogacía del Estado presente demanda, aún podría hacerlo porque si bien formalmente no están personados se les dará traslado de la causa como al fiscal para que se manifiesten más adelante.
En la nota, se avanza que el próximo trámite en el proceso llegará cuando se emplace a las partes legitimadas a presentar demanda –tendrán 20 días de plazo–. Con posterioridad a este trámite, se concederá idéntico plazo de 20 días para que el Ministerio Fiscal también pueda formular demanda si lo estima conveniente.
La providencia de Mariscal de Gante
Cabe recordar que el pasado mes de noviembre la que fuera Consejera de Cuentas del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas, Margarita Mariscal de Gante, acordó la apertura de la fase de enjuiciamiento de las presuntas irregularidades contables por las que se habrían facilitado fondos para los gastos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y del destino de determinados fondos asignados a política exterior de Cataluña entre 2011 y 2017.
Entre los encausados en ambas diligencias se encuentran los expresidentes de la Generalitat Artur Mas y Carles Puigdemont, y el que fuera vicepresidente Oriol Junqueras, además de otros altos cargos de la Generalitat.
A lo largo del procedimiento tanto la Abogacía del Estado como la Generalitat de Cataluña avisaron de que no seguirían adelante; la primera, al entender que no tiene legitimidad para demandar; y la segunda, al considerar que no es perjudicada. Tampoco se ha personado finalmente la asociación de ‘Abogados Catalanes por la Constitución’.
Los 20 días
Según recoge la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, después de haberse abonado las fianzas y de haberse dado traslado de la pieza, el representante de la entidad del sector público perjudicada y las demás acusaciones tendrán un plazo común de 20 días para presentar demanda.
Si no se llega a presentar, se dará traslado al Ministerio Fiscal, por el mismo plazo, para que la formule si así lo considera oportuno. En caso de que tampoco presentase escrito, el órgano de la jurisdicción contable a cargo del litigio ordenará de oficio el archivo de los autos.
Cabe recordar que el pasado junio el Tribunal de Cuentas fijó en 5,4 millones de euros la responsabilidad contable inicial que se reclama a 34 excargos de la Generalitat –incluidos Mas, Puigdemont y Junqueras– por el presunto desvío de fondos para las denominadas ‘embajadas catalanas’ y el Diplocat, según consta en el acta de liquidación provisional a la que tuvo acceso Europa Press.
En ese acta, se les reclaman a cada uno cantidades individuales por conceptos concretos que aprobaron cuando estaban en sus respectivos cargos, si bien todos ellos deben responder al total de forma solidaria hasta los 5,4 millones del total, según fuentes del órgano contable consultadas.
Respecto al acta de liquidación de 2020, el Tribunal de Cuentas fijó en 4,1 millones de euros los gastos y pagos del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.
Los avales del ICF
En septiembre del año pasado, la Abogacía del Estado señaló que no procedía que emitiera informe sobre los avales presentados por la Generalitat de Cataluña ante el Tribunal de Cuentas para que los excargos del Govern hicieran frente a esa fianza solidaria de 5,4 millones que reclamaba el órgano fiscalizador en concepto de responsabilidad contable por el presunto uso irregular de fondos de la Generalitat de Cataluña para las ‘embajadas catalanas’ y el Diplocat.
En un comunicado del Ministerio de Justicia se aclaró que dicho informe podría afectar a la imparcialidad del Tribunal de Cuentas y ser contrario a los principios de contradicción e igualdad. Llegaba a esta conclusión tras examinar la propuesta elevada por el Abogado del Estado del Tribunal de Cuentas, que también declinó pronunciarse sobre los avales presentados por la Generalitat, a través del Institut Català de Finances (ICF), para hacer frente a la fianza.
El abogado del Estado ante el Tribunal de Cuentas, Rafael García Monteys, señalaba entonces que la realización del informe que se le había encargado sobre la «suficiencia y legalidad» de los avales asegurados por el ICF podía plantearle un «conflicto de intereses» por ser los Servicios Jurídicos del Estado parte en este procedimiento.