Los letrados del Congreso rechazan las alegaciones del PP y consideran el voto de Casero como "válido e irrevocable"
“El voto del Sr. Casero fue válidamente emitido” y no existen ni precedentes ni razones jurídicas o reglamentarias que permitieran al parlamentario popular tener “una segunda oportunidad”
“El voto del Sr. Casero fue válidamente emitido” y no existen ni precedentes ni razones jurídicas o reglamentarias que permitieran al parlamentario popular tener “una segunda oportunidad”
Los letrados del Congreso no ven justificado anular el voto erróneo que emitió el diputado del PP Alberto Casero a favor de la convalidación del decreto de la reforma laboral y consideran que fue un error material del propio diputado y no un fallo técnico.
Además, tampoco creen que se daban las circunstancias necesarias para reunir a la Mesa del Congreso debido a los numerosos precedentes de otros casos de fallo humano en votos telemáticos y porque la emisión del voto es irrevocable.
Los letrados se han pronunciado así ante los escritos que había presentado el grupo parlamentario del PP a la Mesa del Congreso aludiendo a la «anomalía» que había surgido en el voto de su diputado Alberto Casero.
Según el informe de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, al que ha tenido acceso EFE este viernes, el voto telemático no se puede situar en una posición de ventaja ni frente a los diputados que votan por el procedimiento ordinario ni frente al resto de votantes telemáticos.
El texto del informe que relata los sucedido en las votaciones de la sesión plenaria del 3 de febrero incide en que el voto de Casero fue «válidamente emitido y produce plenos efectos», tal como ha quedado acreditado por el informe técnico, por lo que «no se produjo un fallo en el sistema de la votación, debiendo imputarse a un error material del diputado que el voto emitido no coincidiera con la voluntad que quería manifestar».
Además, señalan que el procedimiento del voto telemático se desarrolló según el régimen jurídico vigente, tal como ha regido desde el inicio de la pandemia, y afirman que la comprobación personal mediante una llamada se dejó de hacer según los términos de la resolución de la Mesa de 2012 y se lleva a cabo mediante la introducción de usuario y contraseña en la intranet de la Cámara.
«Por tanto, el señor Casero ha ejercitado de forma correcta y plena el derecho fundamental que le reconoce el artículo 23 de la Constitución», recalca el informe de la Secretaría General del Congreso, toda vez que el PP veía vulnerado este artículo constitucional.
Los letrados en su escrito también resaltan que el voto telemático «no se concibe como una segunda oportunidad» sino como «un mecanismo excepcional».
«De acuerdo con numerosos precedentes, en el caso del señor Casero no sería de aplicación el apartado sexto, toda vez que no se dan las circunstancias que hubieran justificado la anulación del voto», incide al explicar el informe que «a priori» señala que no es posible la irrevocabilidad del voto, ya que el diputado estaba autorizado para votar telemáticamente.
El punto sexto de la resolución a la que se acoge el PP dice que «el diputado que hubiera emitido su voto mediante el procedimiento telemático no podrá emitir su voto presencial sin autorización expresa de la Mesa de la Cámara, que, en el supuesto en que decida autorizar el voto presencial, declarará el voto telemático nulo y no emitido».
Los letrados insisten en que un voto «válidamente emitido, sea presencial o telemáticamente», es irrevocable salvo error técnico y recuerda que habiendo numerosos precedentes, en atención a los diputados que se equivocan se les permite «hacer constar la discrepancia existente, bien el «Diario de Sesiones», bien mediante escrito, que se ha adjuntado al acta de la sesión».
En cuanto a la paralización que pide el PP para que la convalidación no tenga efectividad, la Secretaría General considera que el pleno de la Cámara expresó su voluntad de manera definida y fue «válidamente expresada».
Los letrados puntualizan que había 14 diputados autorizados para votar a distancia, y todos ellos emitieron su voto en el plazo establecido, sin que se registrara ninguna incidencia técnica ni comunicación relativa a ella por parte de estos diputados.
Además, aluden a que el PP no comunicó a la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones del Congreso durante el proceso de la votación telemática que comenzó a las 17,20 minutos ningún fallo en el sistema y que tampoco se comunicó ninguna incidencia de esos servicios a la Secretaría General, por lo que, ante un caso de error material del diputado, la Presidencia informó al grupo parlamentario y a los miembros de la Mesa que el voto había sido bien emitido y no cabía anulación.
De hecho, el informe de los letrados recuerda que Casero se equivocó no sólo con la convalidación de la reforma laboral sino en otras tres votaciones y señala que fue al final de las votaciones cuando el diputado del PP que se había personado en el Congreso entró en el hemiciclo y ocupó su escaño.
«El señor Casero no cursó en ningún momento solicitud de revocación de la autorización de voto telemático», resaltan los letrados.
Los técnicos del Congreso no aprecian error informático
Por otra parte, el informe de la Dirección Técnica del Congreso señala que Casero inicia la sesión en la aplicación de la intranet para realizar las votaciones a las 17,39 horas, cuando se le muestran los 28 puntos de la votación del orden del día, de los cuales 20 están disponibles para votar hasta las 18,00 horas y los 8 restantes ya han sido votados previamente.
A las 17,46 horas, el diputado del PP guarda una votación emitida para esos 20 puntos y se observa «sin ningún género de dudas» que en la votación para convalidar el decreto de la reforma laboral la opción marcada en la pantalla es un sí.
El informe detalla que a las 17,46 horas se emite el justificante de voto de Casero.
De acuerdo con este informe, al que ha tenido acceso Efe este viernes, no consta en la dirección técnica «ninguna incidencia» sobre la votación durante este día, en la que se habilitó el voto telemático desde las 17,20 hasta las 18,00 horas.
Señala el informe que Casero inicia la sesión en la aplicación para realizar las votaciones a las 17,39 horas, cuando se le muestran los 28 puntos de la votación del orden del día, de los cuales 20 están disponibles para votar hasta las 18,00 horas y los 8 restantes ya han sido votados previamente.
A las 17,46 horas, el diputado del PP guarda una votación emitida para esos 20 puntos y se observa «sin ningún género de dudas» que en la votación para convalidar el decreto de la reforma laboral la opción marcada en la pantalla es un sí.
Después de emitir su voto, en la pantalla aparece un resumen con la votación emitida, un botón para confirmarla y otro para cancelarla, volver a las sesiones y reiniciar el proceso.
El informe detalla que a las 17,46 horas se emite el justificante de voto de Casero.
Para la sesión plenaria del pasado jueves un total de 14 diputados tenían habilitado el voto telemático, y ninguno de ellos, excepto Casero, ha comunicado incidencia alguna durante la votación de la reforma laboral, apunta el informe, ni en el resto de las que se realizaron ese día.
Tampoco se han conocido problemas con el resto de las cuestiones que el diputado del PP votó durante esa tarde, concluyen los técnicos.
Fuente: EFE