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La Fiscalía respalda a Errejón en el caso de la patada en Lavapiés y pide su absolución: "No hay ninguna prueba"

El denunciante sostiene que, tras pedirle una foto al político, este lo agredió, pero el fiscal asegura que no existe ninguna prueba de que se produjera esa agresión

La Fiscalía respalda a Errejón en el caso de la patada en Lavapiés y pide su absolución: «No hay ninguna prueba»

El denunciante sostiene que, tras pedirle una foto al político, este lo agredió, pero el fiscal asegura que no existe ninguna prueba de que se produjera esa agresión

El fiscal ha pedido la absolución del dirigente de Más País Íñigo Errejón al considerar que no hay ninguna prueba que acredite que dio una patada a un hombre que le pidió una foto en mayo de 2021.

Errejón ha sido juzgado este viernes acusado por Alberto Marco, un ciudadano de 67 años, cuya denuncia ha derivado en un juicio por un delito leve de maltrato por los hechos ocurridos en la noche del 2 de mayo del pasado año, tras el cierre de la campaña electoral de las elecciones a la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

El denunciante sostiene que, tras pedirle una foto al político, este lo agredió, pero el fiscal asegura que no existe ninguna prueba de que se produjera esa agresión, tan solo de que hubiera una discusión entre ambos.

Errejón ha planteado en el juicio que el denunciante le pidió una foto insistentemente, a pesar de sus reiteradas negativas, y finalmente cuando el hombre fue a agarrarle por el cuello para hacerse la foto le retiró el brazo, sin darle ninguna patada ni insultarlo.

Por su parte, el abogado del denunciante ha pedido que se imponga al diputado la mayor condena posible por un delito leve de maltrato, es decir multa de dos meses a razón de 100 euros al día y una indemnización de 1.500 euros para su cliente. 

El líder de Más País ya dijo entonces que no contempla asumir responsabilidades políticas por estos hechos. La magistrada instructora del caso abrió diligencias a raíz del atestado policial y tomó declaración al denunciante, que ratificó su versión, y a un testigo, que también la apoyó.

Así, el asunto acabó derivando en un juicio que se ha celebrado este viernes y en el que, según fuentes jurídicas consultadas, ni siquiera era obligatorio que estuviera presente la Fiscalía.

El tipo penal por el que Errejón se ha sentado este viernes en el banquillo es un delito leve de maltrato, tipificado en el artículo 147.3 del Código Penal, que prevé pena de multa de entre uno y dos meses, con una cuantía que depende de la solvencia económica del acusado.

Fuente: EFE

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