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El PP retirará el recurso a la sentencia del pago en negro de la reforma de Génova: la nueva dirección lo desconocía

Los populares alegan que el delito por el que se condenó a Bárcenas prescribió antes de que el juzgado dirigiera el procedimiento contra él

El PP retirará el recurso a la sentencia del pago en negro de la reforma de Génova: la nueva dirección lo desconocía

Este lunes se ha conocido el recurso, redactado por la cúpula de Casado, y que el equipo de Feijóo retirará

El PP ha anunciado este lunes que va a retirar su recurso a la sentencia por la financiación en B de la reforma de su sede, que pedía la absolución de su extesorero Luis Bárcenas y que la dirección de Alberto Núñez Feijóo sostiene que desconocía.

El vicesecretario de Institucional del PP, Esteban González Pons, ha explicado en rueda de prensa que el recurso se redactó en noviembre y que la actual dirección lo ha conocido hoy a través de los medios, y ha decidido retirarlo porque en este caso la estrategia jurídica «choca» con la política y el PP no va a mantener un recurso que no se entiende en términos políticos.

Este lunes se ha conocido que el Partido Popular había presentado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que solicitaba la absolución de su extesorero Luis Bárcenas por la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que le condenaba a dos años de cárcel por las obras de la sede de los ‘populares’ en la calle Génova, lo que eximiría a la formación de su responsabilidad civil subsidiaria.

Fue el pasado mes de octubre cuando la Audiencia condenó a Bárcenas a dos años de cárcel por pagar en ‘b’ más de un millón de euros de las obras de reforma de la sede ‘popular’, al tiempo que condenó al PP como responsable civil subsidiario de Bárcenas en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectura que se encargó de la remodelación.

En un escrito de 46 páginas, la defensa del PP introduce su primer motivo de casación explicando que el delito de participación en el fraude fiscal ajeno por el que se condenó a Bárcenas prescribió antes de que el Juzgado dirigiera el procedimiento contra él. La imputación del mismo, añaden, supuso «una especie de fraude de prescripción que desconoce las trascedentes funciones que desarrolla esta institución y los valores y principios constitucionales que la inspiran».

Y todo ello, señala, en tanto que la causa se abrió para Bárcenas en abril de 2014 cuando la prescripción se habría producido en julio de 2013. Además, añade el PP, la «fecha en la que la sentencia considera interrumpida la prescripción es la de un auto en el que se le acuerda recibirle declaración como imputado pero que no contiene ni una calificación siquiera aproximativa de los hechos por los que finalmente fue condenado».

A juicio de la formación, «no basta con que se diga de alguien que ‘manejaba fondos en B'». «Tendremos que saber si lo que se le atribuye son pagos sin IVA en cuantía 10 delictiva, o la recepción de dádivas corruptoras, o un delito electoral, o un delito de blanqueo, entre otras muchas posibilidades», añaden.

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