Mónica Oltra, imputada por presunto encubrimiento de abusos sexuales de su exmarido a una menor tutelada
El Tribunal señala «indicios» de que la vicepresidenta valenciana quiso «proteger a su entonces pareja» o su propia «carrera política»
El Tribunal señala «indicios» de que la vicepresidenta valenciana quiso «proteger a su entonces pareja» o su propia «carrera política»
La vicepresidenta de la Comunidad Valenicana, Mónica Oltra, está desde este jueves oficialmente investigada por el Tribunal Superior de Justicia de esta región por un presunto delito de encubrimiento de abusos sexuales a una menor. El abuso fue cometido por el exmarido de Oltra, Luis Ramírez Icardi, por el que fue condenado a cinco años de prisión.
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha citado a la vicepresidenta del Gobierno valenciano a declarar en calidad de investigada el próximo 6 de julio por la gestión del caso de abusos a una menor tutelada por la Generalidad.
La Sala se declara competente para instruir la causa contra la también consejera de Igualdad y otros 13 investigados tras la exposición razonada remitida por el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia. El Tribunal aprecia “una serie de indicios plurales” que “hacen sospechar la posible existencia de un concierto” entre la aforada y diversos funcionarios para “proteger a su entonces pareja o bien proteger la carrera política de la aforada”.
Según un auto con fecha de este mismo jueves, se considera que puede que los diferentes trámites y expedientes llevados a cabo en el seno de la Consejería, «considerados en abstracto y de una forma aislada, no puedan entenderse ilegales e incluso irregulares».
No obstante, cree que si se valoran en su conjunto, «poniéndolos en relación con su contenido y su oportunidad», hace pensar que han sido elaborados «con un propósito muy concreto» y «de una muy dudosa legalidad», como sería «beneficiar la situación procesal del -entonces- marido del Oltra, o bien sencillamente tratar de proteger la carrera política de esta, aun cuando ello se hiciera en perjuicio de una menor tutelada por la Conselleria de Igualdad».
Reconoce que es cierto que «no existe prueba directa que vincule esos singulares trámites con la aforada», pero cree que sí que concurren unos «indicios plurales, que en principio hacen pensar que fueron orquestados precisamente con ese fin, tanto por la persona a quien directamente beneficiarían como por la propia relación que presentan con la evolución del proceso penal que trataron de obstaculizar».
Y afirma que «es pacíficamente admitido por nuestra jurisprudencia, tanto de nuestro Tribunal Supremo como de nuestro Tribunal Constitucional, que esta modalidad de prueba es perfectamente admisible para desvirtuar la presunción de inocencia de una persona».
A esto se debe añadir, según el tribunal, las declaraciones publicas efectuadas por Oltra, tanto en el seno de Les Corts como ante los medios de comunicación, en las que se atribuye la orden de la incoación del expediente reservado, de las que, según dice, puede que ahora se trate de desvincular, «pero no por ello deja de ser un elemento a considerar».
También estima «increíble» que se enteraran de los abusos y de la posible imputación de quien resultó ser el marido de Oltra por la prensa, cuando la propia vicepresidenta dijo que «por un afán de transparencia, al inicio de su mandato comunicó en la Conselleria, tanto oralmente como por escrito, su relación» con esta persona y su trabajo como educador.
Para el tribunal, esto «hace sospechar igualmente que en contra de lo afirmado conoció estos hechos desde el principio, bien por comunicación de alguno de sus subordinados, bien por sencillamente comentárselo su marido, con quien no olvidemos en esos momentos convivía».