Los expertos piden un delito de atentado contra el orden constitucional si se elimina la sedición
Los penalistas consultados alertan del riesgo de desproteger el sistema y solicitan introducir agravantes para castigar a quienes atenten contra él
Superjueves en el Congreso de los Diputados. Sus señorías tendrán que pronunciarse sobre los Presupuestos Generales del Estado y los nuevos impuestos a la banca y las empresas energéticas. Sin embargo, el asunto que copa todos los focos es la toma en consideración de la reforma del Código Penal para eliminar el delito de sedición. La intención de PSOE y Podemos es «homologar» las penas a otros países europeos, algo que divide a los expertos. Estos alertan del riesgo de desproteger el sistema y solicitan que crear un delito específico para castigar a quienes atenten contra el orden constitucional.
Uno de los valedores de la propuesta es Antonio Javato, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Valladolid. El especialista ya apuntó esta fórmula en un trabajo sobre el delito de sedición que publicó en 2018, poco después de que se produjesen los acontecimientos en Cataluña. El penalista propone aprovechar la reforma para introducir un agravante al delito de atentado a la autoridad que establece el artículo 550 y siguientes del Código Penal.
«La introducción de un agravante en el delito de atentado (…) en la que se tome en cuenta el hecho de que la resistencia violenta o intimidatoria se cometa por una pluralidad de personas para impedir el ejercicio de las funciones por parte de funcionario, autoridad o agentes», señala el documento publicado por Javato. Paralelamente, propone crear una nueva figura delictiva para los delitos que atenten contra la Constitución por medios no violentos para castigar a quienes intenten subvertir el orden establecido, la Corona y la integridad territorial.
La sedición en Europa
La intención del Gobierno es rebajar la pena máxima de sedición a cinco años, un tercio de la actual, para convertirlo en «un delito homologable» al de nuestro entorno. Un escenario que está lejos de la realidad, ya que en la mayoría de los países europeos estos delitos se castigan con penas severas, aunque tienen denominaciones diferentes. En algunos casos llegan a ser alta traición. En España, en cambio, pasarán a ser desórdenes públicos agravados.
«Hay que plantearse la modificación de los delitos contra la Constitución. Los tipos clásicos como la rebelión no son los idóneos para dar respuesta a ataques más sofisticados, como los ocurridos en Cataluña», explica Javato a THE OBJECTIVE. En su opinión, «habría que introducir infracciones que captaran los supuestos que ponen el orden constitucional en entredicho por medios no violentos». El profesor sostiene crear un delito de desobediencia que castigue a funcionarios y autoridades que quebrante la legalidad.
Otros expertos apuntan a recuperar el delito de referéndums ilegales. Ese fue el compromiso del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la campaña electoral de noviembre de 2019, cuando ganó los comicios. Unos meses antes, en febrero, el PP llevó al Congreso una iniciativa parecida que contó con el voto en contra del PSOE. La figura delictiva de los referéndums ilegales fue suprimida en 2005 por el Gobierno del socialista José Luis Rodríguez Zapatero.
Javato se muestra a favor de la reforma del delito de sedición, pero cree que el momento es discutible porque «da la impresión que se trata de una reforma ad hoc para beneficiar a unos políticos concretos». Una opinión en la que coincide Inmaculada Ramos, profesora de Derecho Penal en la Universidad de Granada. Sostiene que la cuestión divide a los penalistas. No obstante, cuando se mantuvo en la reforma del Código Penal de 1995 «nadie dijo que el delito de sedición fuese desproporcionado ni antidemocrático».
Incluir agravantes
«La razón me dice que el argumento de que hay que homologarlo con Europa es falso. El Derecho Penal es independiente en cada país, excepto los delitos transfronterizos: terrorismo, trata, explotación sexual, blanqueo de capitales, tráfico de armas, delitos informáticos…. La sedición no es uno de ellos», insiste la profesora.
Ramos sostiene que el delito de sedición pase a ser considerado como desórdenes públicos «crearía una laguna porque se estarían despenalizando delitos muy graves que tienen como fin alterar el orden constitucional». Y añade: «Eso está castigado en todos los países con penas durísimas». Propone incluir agravantes en la reforma porque, si se vuelve a producir un proceso similar, no se podría tratar como un delito de rebelión, que implica violencia, mientras que en la sedición esta no es necesaria.
Una cuestión de fondo. Así entiende este asunto Félix Pedreira, profesor de Derecho Penal en la Universidad Complutense de Madrid. Afirma que el Tribunal Supremo, en su afán por consensuar la opinión de los magistrados y conseguir que la sentencia al procés fuese por unanimidad, dejaron a un lado la rebelión y llevaron el proceso judicial por la vía de la sedición. «Alguien amenazó con un voto particular y ahora se está demostrando que fue un gran error».
Pedreira sostiene que el discurso está enfocando mal, quizás deliberadamente, ya que si lo que ocurrió en Cataluña en 2017 hubiese tenido lugar en otro país europeo los condenados «se habrían tenido que enfrentar con penas mucho más severas». Reconoce que no existe equivalencia entre nuestro delito de sedición y las denominaciones que se da en otros países, pero que las figuras son equiparables. El profesor sostiene que en Alemania, por ejemplo, sería alta traición y que España debería protegerse con una figura parecida.
«Los códigos penales responden a las necesidades y la cultura de cada país. No pueden ni deben ser iguales. Sería contraproducente», advierte Alfonso Galán, de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla. Este profesor de Derecho Penal insiste en que la homogenización de las leyes no es buena y tira por tierra el argumento del Gobierno. «Imaginemos que en un país se están vulnerando derechos fundamentales. Si homologamos nuestra normativa estaríamos haciéndolo también aquí».
Josep Maria Tamarit, catedrático de Derecho Penal en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), difiere de la opinión de sus colegas. Cree que la reforma del delito de sedición «debió acometerse hace tiempo» y que tiene sentido porque está basada en una valoración respecto a los países de nuestro entorno. Considera innecesario introducir nuevos agravantes, pero propone que la redacción de la reforma del delito de sedición acote más los conceptos de desórdenes públicos para evitar que se puedan penalizar acciones de protesta no violentas.
Confía en que se produzca durante su tramitación parlamentaria, que comienza este jueves. Junto a los Presupuestos, lo que ha llevado a que algunos grupos vinculen la supresión de la sedición al apoyo a las cuentas públicas del próximo año. Tamarit también es partidario de que una vez que se active la reforma del Código Penal, esta se aborde en profundidad y que incluya el delito de rebelión, como ya propuso el Grupo de Estudios de Política Criminal.