Los juristas denuncian que la cita previa obligatoria es ilegal: «Va contra la Constitución»
Actualmente la administración exige tener hora y día para realizar la mayoría de gestiones, algo que viola nuestros derechos como ciudadanos
La cita previa obligatoria se ha impuesto en algunas administraciones a pesar del fin de la pandemia, que fue el motivo por el que se estableció justificada por la excepcionalidad de la situación sanitaria. Sin embargo, con la normalidad ya instaurada de nuevo en todos los sectores y servicios, algunas administraciones se han convertido en un búnker y abrazan esta medida sin soltarla.
En muchas comunidades, la cita previa a través de la web o el teléfono es la única vía de acceso a determinadas gestiones que van desde certificados de pensiones, empadronamientos, prestaciones por nacimientos, registros de matrimonio o la solicitud del ingreso mínimo vital. Procesos para los cuales, antes de la pandemia, no hacía falta hacerse con un día y una hora para acudir a la institución pertinente. Algo que según varios expertos consultados es «ilegal» e «inconstitucional».
Lo explica a THE OBJECTIVE el abogado y profesor asociado de derecho administrativo en la Universidad de Vigo, Diego Gómez, que señala que «una vez desaparecida la urgencia por razones de salud pública que impuso la cita previa obligatoria, mantenerla sin motivación dificultando el acceso de la ciudadanía a los servicios públicos vulnera el ordenamiento jurídico aplicable».
Un argumento recogido en el artículo 4.2 del Código Civil, que señala que la legislación excepcional no se puede aplicar a supuestos ni en momentos distintos de los comprendidos expresamente en ellas.
En este sentido también se pronuncia el abogado y presidente Asociación Española de Derecho de Consumo, Eugenio Ribón, que asegura a este medio que esta imposición «no tiene apoyo legal una vez superadas las restricciones sanitarias». «La ley obliga a las Administraciones Públicas a regirse por el principio de efectividad, preservando el interés general. La cita previa opera como una restricción, sin duda».
«Disfunción administrativa»
Además, apuntan los expertos, la cita previa obligatoria sin motivación alguna también infringe los principios de servicio efectivo a los ciudadanos, simplicidad, claridad y proximidad que las Administraciones Públicas deben de respetar en su actuación según el art. 3 de la Ley 40/20145.
Esto es, la cita previa obligatoria se ha impuesto constituyendo una barrera entre la administración y el ciudadano en contra del artículo anteriormente mencionado, que señala que «el servicio a los ciudadanos es el principio básico que justifica su existencia –la de la Administración– y que debe presidir su entera actividad», teniendo los ciudadanos «el legítimo derecho a saber cuáles son las competencias de cada Administración y a recibir servicios públicos de calidad».
«Nunca puede ser una imposición, sino una facilidad añadida, una alternativa más», hace hincapié Ribón, quien apunta que lo que «estaba justificado en época de pandemia», ahora se ha convertido en una «disfunción administrativa» debido a las demoras que se producen en muchas administraciones.
Solo con echar un vistazo a las redes sociales se pueden encontrar cientos de quejas que manifiestan la «imposibilidad» de tramitar cualquier gestión. Un tuitero lamentaba que lleva medio mes intentando pagar una multa ante la imposibilidad de conseguir cita previa. «Cuando pido cita me sale ‘El horario de atención al cliente está completo. Inténtelo más tarde’», protesta, a lo que otra persona le responde con el complejo peregrinaje que tuvo que pasar para pagar la plusvalía municipal de su vivienda: «Me pedían pasar por tres departamentos. El primero, con cita previa; el segundo, sin cita y, el tercero, con cita. Por supuesto, no todos el mismo día, porque podía haber demora. Básicamente me pedían tres mañanas. Grandes algunos ayuntamientos».
Esta situación y atasco en la Seguridad Social ha hecho aflorar un mercado negro de ‘conseguidores’ de citas que constituye un delito de usurpación de estado civil afectando, además, al principio de gratuidad del procedimiento administrativo, como recoge la Ley de Procedimiento Administrativo Común (LPAC). Y es que las personas que recurren a los servicios de estos ‘conseguidores’ pagan por gestiones que, en circunstancias normales, serían gratis.
Cómo exigir que te atiendan en persona
Ante toda esta situación, el abogado y experto en derecho administrativo, Diego Gómez ha elaborado una instancia –que ha facilitado a THE OBJECTIVE– para que todo aquel que lo estime pueda ejercer su derecho a recibir una asistencia presencial y formular una queja en el caso de que le sea rechazada la atención.
El modelo, que puedes descargar de forma gratuita haciendo clic aquí, hay que presentarlo relleno ante la Administración que siga imponiendo la cita previa obligatoria. En el caso de que los vigilantes de seguridad impidan el acceso al interior, Gómez recomienda mandar el escrito por correo certificado o bien presentarlo en la sede electrónica de la administración a la que va dirigida la queja, además de hacerlo llegar también al Defensor del Pueblo.
Si con lo anterior no logra nada, Gómez aconseja ponerse en contacto con un abogado especialista en derecho administrativo de su zona para que estudie la viabilidad de una acción judicial para obligar a la Administración a la eliminación de dicha cita previa obligatoria sin motivación. «Se trata de recuperar la idea básica de la que parte nuestro sistema constitucional: la soberanía corresponde al pueblo, del que emanan todos los Poderes del Estado. Mientras que el poder de los ciudadanos es otorgado directamente por la Constitución, el de la Administración es un poder vicario o delegado; sólo es legítimo si en su actuación respeta la Constitución y las leyes y sirve de manera efectiva a la ciudadanía de la que deriva en último término su razón de ser», concluye el experto.