Una auditoría destapa que el CNIO enchufó a dedo en 2020 a su encargada de comunicación
La vigencia del contrato de la actual directora del centro está en entredicho por ir en contra de sus estatutos
Los procesos de selección y contratación del personal al servicio del CNIO también están bajo lupa. La Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), en una de sus últimas auditorias, pone el foco en el contrato temporal para el puesto de responsable de comunicación que el Centro Nacional de Investigaciones Oncológicas sacó a concurso en 2020. Según el organismo público de control interno, en la fase de ‘entrevista’ «no se convocó a participantes que habían obtenido en la valoración de méritos mayor puntuación que la candidata seleccionada, tal y como queda reflejado en el acta».
«La seleccionada, que partía con 30 puntos, fue la única candidata a la que añadieron 10 puntos más tras la fase de ‘entrevistas’, no permitiéndose acceder a esta fase a candidatos con 38 puntos (2), 37 puntos (1), 36 puntos (4); 35 puntos (2); 34 puntos (1); 32 puntos (1); 30 puntos (2)», indica la IGAE en su auditoria, a cuyo contenido ha accedido THE OBJECTIVE. Este hecho, según la Intervención General de la Administración del Estado, «suponen una vulneración del artículo 27 de los Estatutos de la Fundación CNIO (según modificación de 19 de marzo de 2018) que establecen que el régimen jurídico del personal contratado se regirá por lo dispuesto en el artº 132.3 de la LRJSP».
En todo caso, sigue el texto, «la selección del personal deberá realizarse con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria, así como los que resulten de aplicación al personal de las Fundaciones del Sector Público Estatal».
Por su parte, desde el CNIO justifican este hecho indicando que la candidata seleccionada «cuenta con importante experiencia en comunicación institucional y de crisis, habiendo ejercido como directora de comunicación del Ministerio de Educación y de la portavocía del Gobierno, donde ha sido responsable de campañas de publicidad, lo que es también interesante para el Departamento de Comunicación del CNIO de cara al plan de comunicación de iniciativas estratégicas para el CNIO como ‘Amigos del CNIO’, entre otras (de ahí la máxima puntuación en el mérito ‘puestos de responsabilidad vinculados a la comunicación institucional y el marketing’).
Candidata sin formación en comunicación científica
A pesar de que el CNIO reconoce que la candidata no tenía formación específica en el ámbito de la comunicación científica –como se desprende de los documentos–, destaca que «cuenta con experiencia en este ámbito en El País, uno de los medios de comunicación más importantes a nivel estatal, donde ha sido jefa de la sección de Ciencia y Tecnología y también de la sección de Sociedad donde llevaba temas de ciencia y tecnología». Además, el centro contra el cáncer señala que «ha trabajado durante bastantes años en comunicación científica e institucional para la Administración Pública, como asesor en el Ministerio de Ciencia, secretarías, etc., lo que demuestra un amplio conocimiento en comunicación institucional, así como del sistema de ciencia español».
«Su amplio bagaje en comunicación científica se muestra también en que ha sido durante seis años coordinadora del Máster en Periodismo y Comunicación de la Ciencia, de la Tecnología y el medio Ambiente de la Universidad Carlos III, uno de los referentes en el campo. Es una candidata sénior con una experiencia de más de 11 años en el Gabinete de Comunicación de la OMC (…)», concluye el CNIO.
No obstante, tras esta llamada de atención por parte de la IGAE, el CNIO informó que modificaría su Manual de Contratación, incluyendo una aclaración relativa al acceso de los candidatos a la fase de entrevistas con el siguiente literal: «Los candidatos que accedan a la fase de entrevista serán los que hayan obtenido la puntuación más alta en los criterios previos de selección definidos en la convocatoria, pudiéndose incluir, adicionalmente, de forma justificada, alguna otra candidata o candidato que aporte méritos de especial valía».
Directora del CNIO
La vigencia del contrato de la actual directora del CNIO, María Blasco, también está en entredicho. Según los informes de la IGAE, el 26 de febrero de 2018, el Patronato aprobó la renovación de Blasco –al frente del CNIO desde 2011– con carácter indefinido. Sin embargo, este acuerdo va contra lo dispuesto en la modificación y refundición de los Estatutos de la Fundación de 1 de febrero de 2013, que estableció en su artículo 17 que «en ningún caso la duración de este contrato podrá exceder de cinco años, prorrogables por acuerdo de las partes y conforme a las disposiciones aplicables en la materia».
Esto es, el personal de alta dirección está sujeto a un refrendo en el cargo para cada cinco años, razón por la que el nombramiento y la consecutiva ocupación del puesto no puede ser declarada indefinida. Esta anomalía se expuso en los Informes Complementarios de Auditoría de 2018, 2019 y 2020 «sin constancia de inicio de acciones para su cumplimiento por parte del Patronato de la Fundación».
Jefe de grupo junior
Por otra parte, la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) también llama la atención del CNIO por el cambio de temporal a indefinido de un jefe de grupo junior al ser una plaza asignada «libremente» […] «sin mayor motivación». «Inicialmente, la convocatoria de la plaza fue publicada, presentándose cuatro candidatos. Pero finalmente, la plaza fue asignada libremente, según responde CNIO conforme a su manual sin mayor motivación», se desprende del documento.
Por su parte, desde el centro contra el cáncer señalan que el procedimiento seguido en la contratación de este empleado «respeta los principios de igualdad, mérito y capacidad, publicidad y eficaz gestión del gasto». No obstante, apunta, toman nota de la observación y señalan que «dará traslado al Comité de Directores de Programa de la necesidad de respetar los procedimientos formales y documentales, independientemente del apoyo a las candidaturas en los debates del comité de directores recogidos en sus actas, establecidos para la contratación de Jefes de Grupo tal y como está establecido en el manual de contratación».