Sánchez y tres ministros podrán sufrir su propio plan contra los 'bulos' en redes sociales
Yolanda Díaz, Óscar Puente y Mónica García deberán publicar rectificaciones en su cuenta de X si difunden inexactitudes
El Gobierno, de acuerdo con su plan de «regeneración democrática», ha aprobado este martes una ley que obligará a los usuarios de redes sociales con más de 100.000 seguidores a publicar desmentidos o a recoger la versión de los afectados que consideren que sus publicaciones no se ajustan a la verdad. Una medida enfocada a combatir a los «buleros profesionales», en obvia referencia a los youtubers y activistas incómodos para el Ejecutivo, pero que, sin embargo, podría volverse en contra de, al menos, cuatro miembros de este.
Pedro Sánchez (1.900.000 seguidores en X), Yolanda Díaz (648.300), Óscar Puente (253.100) y Mónica García (216.100) serán en lo sucesivo susceptibles de rectificaciones en la red social de Elon Musk. Y es que el borrador de la norma dice que aplicará al «usuario de especial relevancia», siendo este quien aglutine «un número de seguidores igual o superior a 100.000 en una única plataforma; o un número de seguidores igual o superior a 200.000, de forma agregada, considerando todas las plataformas en las que el usuario desarrolle su actividad».
Por este motivo, quedarían fuera de la aplicación de la norma el resto de ministros del Gobierno, aunque tres están a unos pocos miles de usuarios de entrar: María Jesús Montero (92.500), Pablo Bustinduy (71.300) y Ernest Urtasun (67.700), los dos últimos cuota de Sumar en el Ejecutivo. Por otro lado, quienes más lejos están de ello son el ministro de Industria y Turismo, Jordi Hereu, que tiene tan sólo 3.809 seguidores en X, y la ministra de Igualdad, Ana Redondo, con 6.533. Por último, Margarita Robles, Fernando Grande-Marlaska y Sara Aagesen, la sucesora de Teresa Ribera, son los únicos que no tienen cuenta en la red social.
Pero la nueva ley aplicará también al resto de políticos. Entre ellos, al líder de la oposición, Alberto Núñez Feijóo, y al presidente de Vox, Santiago Abascal. Este último ha respondido a la medida con un reto al presidente del Gobierno: «Pedro Sánchez llamó personalmente a CEOs de empresas cotizadas y reguladas públicamente para que recibieran a su mujer y así hacer negocio con su cátedra. Oblígame a desmentir esto. ¡Vas a tener que ir a un Tribunal para conseguirlo!».
Tampoco cabe olvidar a otros personajes relevantes en el panorama político, tales como Alvise Pérez, que logró 800.000 votos en las elecciones europeas gracias en gran medida a la difusión de sus mensajes a través de un canal de Telegram en el que le siguen 720.000 personas. Ni a Irene Montero, ahora eurodiputada de Unidas Podemos, que fue condenada como ministra de Igualdad precisamente por verter calumnias sobre Rafael Marcos, ex de María Sevilla, en su cuenta personal de X.
Pese a que algunos miembros del Gobierno podrían verse perjudicados, no cabe duda de que el Ejecutivo pensaba en youtubers y activistas de redes sociales al presentar la norma. Sin embargo, algunos de estos han respondido con sorna, como Víctor Domínguez, más conocido como Wall Street Wolverine: «He recibido una notificación del Gobierno que me obliga a rectificar que no son charos las que votan al PSOE, son señoras de edad avanzada empoderadas».
¿Cómo será la ley?
Tanto políticos como creadores de contenido entran dentro de la exposición de motivos de la ley, que se refiere a «aquellos usuarios que difunden informaciones y otros contenidos a través de estas plataformas y que, por razón del número de seguidores con los que cuentan, gozan de un alcance y repercusión equiparables al de los medios de comunicación tradicionales, configurándose como auténticos conformadores de la comunicación y de la opinión pública; y que, por ello, deben estar sometidos a la posibilidad de que sus contenidos sean rectificados».
Las plataformas de internet deberán contar «con un mecanismo fácilmente visible y accesible, que permita al solicitante, sea o no usuario de la plataforma en cuestión, contar con una herramienta que le asegure la remisión directa e inmediata de la rectificación, así como la constancia de la recepción y el seguimiento del proceso». Esta obligación se establece, asimismo, para los medios digitales. La idea es que la rectificación no tenga que pasar por el director.
Además, se modifica el propio derecho de rectificación, que solo incluía que se pudieran detallar los hechos, para añadir la posibilidad de expresar opiniones en determinados supuestos: «La rectificación deberá limitarse a los hechos de la información que se desea rectificar, sin incorporar opiniones o valoraciones del aludido, salvo que resulten imprescindibles para entender el contexto y no se puedan escindir de los hechos. Su extensión no excederá sustancialmente de la de la información a rectificar, salvo que sea absolutamente necesario».