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Puente tendrá que aclarar si las mascarillas de la era Ábalos siguen almacenadas y su valor

Transparencia se apoya en la jurisprudencia y exige detalles sobre el material sanitario que conserva el ministerio

Puente tendrá que aclarar si las mascarillas de la era Ábalos siguen almacenadas y su valor

Óscar Puente, ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, y el diputado José Luis Ábalos en el Congreso. | Europa Press

El ministro de Transporte y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, deberá detallar cuántas mascarillas siguen almacenadas tras las compras masivas realizadas en pandemia por José Luis Ábalos, antecesor en el ministerio. La adquisición de material sanitario en 2020 y 2021 por parte de Transportes y sus organismos dependientes está siendo investigada, dentro del caso Koldo, por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y tráfico de influencias.

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha instado a Puente a través de una resolución a la que ha accedido THE OBJECTIVE a que aclare si 239.000 mascarillas almacenadas en los sótanos del ministerio y otras 206.000 en una nave de Azuqueca de Henares (Guadalajara) están o no caducadas. El valor de este material supera los 1,1 millones. También tendrá que precisar si sigue guardado material sanitario -geles, guantes o test covid- comprado mayoritariamente durante el mandato de Ábalos.

En el caso de no responder, el ciudadano que hace la consulta podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional. Como informó este diario, el departamento que dirige Óscar Puente se ha negado hasta ahora a hacer público el inventario y el estado del material sanitario que sigue almacenado tras las compras de Ábalos. Una auditoría dada a conocer el pasado agosto, apuntaba que unos lotes comprados a una empresa investigada en el caso Koldo permanecían en almacenes del ministerio.

La negativa de Puente

Unos días después, un ciudadano se interesó por los detalles y remitió una pregunta a Transparencia. Sin embargo, Transportes inadmitió posteriormente la solicitud de información. El departamento negó los detalles en aplicación del artículo 18.1 de la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (Ltaipbg). En el texto se detalla que serán inadmitidas las demandas que impliquen reelaborar documentación.

«No se dispone en este ministerio de ninguna base de datos, de ningún documento ni de ninguna fuente de información ordenada o sistematizada que recoja la información solicitada», aseguraba el departamento que dirige Puente. «Generar dicha información requeriría de una labor de inventario minuciosa y específica para recabar los datos solicitados, lo que constituiría la creación de un informe ad hoc y, en consecuencia, una reelaboración de datos».

Sin embargo, Transparencia apunta ahora que esa excusa para no suministrar información no está prevista para todos los supuestos y señala sentencias del Supremo y de la Audiencia Nacional. «Conviene recordar que, tal como se puso de manifiesto en la sentencia del Tribunal Supremo (STS) de 3 de marzo de 2020 que el suministro de información pública puede comprender una cierta reelaboración, teniendo en cuenta los documentos o los datos existentes en el órgano administrativo».

Las compras de Ábalos

«La acción previa de reelaboración, por tanto, en la medida que a su concurrencia se anuda una severa consecuencia como es la inadmisión a trámite de la correspondiente solicitud, precisa que tales datos y documentos tengan un carácter complejo, que puede deberse a varias causas (…)». Entre estas están que los datos deban recabarse de realizar «una información pública dispersa y diseminada», que requiera de una «labor consistente en recabar, primero; ordenar y separar, después, lo que es [en el caso enjuiciado en la sentencia] clasificada o no; sistematizar, y luego, en fin, divulgar tal información», o que la misma se encuentre en soportes (físicos e informáticos) diversos.


Cita también la sentencia de la Audiencia Nacional, de 31 de enero de 2022. En esta se pone de manifiesto que la acción de
reelaboración no puede ser aducida en relación con la extracción de información de expedientes administrativos concretos identificados por el interesado. Apunta que la reelaboración tiene que ver con «expedientes indeterminados y sin un previo tratamiento, cuando su recopilación no haya sido emprendida por ningún órgano administrativo por iniciativa propia y en cumplimiento de las funciones que tiene encomendadas».

Por último, destaca que el artículo 32 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP) señala que las administraciones públicas «están obligadas a inventariar los bienes y derechos que integran su patrimonio, haciendo constar, con el suficiente detalle, las menciones necesarias para su identificación». Esto supone que el departamento que dirige Puente desde noviembre de 2023 y que antes -hasta julio de 2021- capitaneó Ábalos debería tener un registro.

Una auditoría incompleta

La auditoría encargada por Puente para analizar los contratos de compra de mascarillas adjudicados a Soluciones de Gestión, la empresa investigada en el caso Koldo, reveló una falta de control del departamento en esas compras. El informe se publicó a finales de agosto y quedó patente que comprometía claramente a Ábalos. Pese a todo, Transportes solo pudo acreditar con documentos el reparto de cinco millones de mascarillas de los 13 millones que se compraron a Soluciones de Gestión. El dosier revelaba que el exministro amplió la cantidad de mascarillas del primer pedido de cuatro a ocho millones de unidades en apenas 38 minutos.

La compra, que tuvo lugar el 20 de marzo de 2020, superó los 20 millones de euros. La investigación advierte de la falta de control en el reparto de mascarillas durante la etapa de Ábalos. «No existe constancia documental de la entrega ni al ministerio, ni a Correos, ni a la Dirección General de Transporte Terrestre», insiste el informe.

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