El juez del megacontrato de Illa estudia acciones penales contra varias comunidades
La empresa demandante pide que se identifique nominativamente a los responsables del incumplimiento

Sanitarios atendiendo a un paciente covid. | EP
Cantabria, Aragón, Asturias, Extremadura y Ceuta y Melilla se niegan a facilitar al juez la información solicitada para esclarecer si acudieron al polémico Acuerdo Marco para comprar mascarillas y batas durante la vigencia de este (noviembre de 2020 a diciembre de 2021) o si lo bordearon comprando a través de otros procesos de contratación, como hizo el Gobierno de Canarias. El pasado 21 de marzo, el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 12 de la Audiencia Nacional, dio diez días a estas administraciones para facilitar los documentos requeridos «bajo los apercibimientos legales en el caso de no atender a dicho requerimiento» tras 16 meses de espera.
Más de un mes después de esta diligencia y sin respuesta por parte de ninguna de las comunidades mencionadas, la empresa demandante ha enviado un nuevo escrito de impulso a la Audiencia Nacional para que se apliquen las multas coercitivas o la responsabilidad penal que proceda en línea con lo indicado en la propia Diligencia de Ordenación del Juzgado, como contó este medio en exclusiva.
El artículo 48 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA) otorga al juez la facultad de remitir al fiscal cualquier información extraída del caso cuando aprecie indicios de delito, a fin de que este investigue y promueva, en su caso, la exigencia de responsabilidades penales o disciplinarias. Asimismo, según el artículo 112 de la LJCA, el órgano jurisdiccional puede imponer multas coercitivas a quienes desobedezcan las resoluciones judiciales. Esta potestad ha sido respaldada por la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que ha validado su aplicación en casos de incumplimientos reiterados bajo apercibimiento de sanción. Ejemplos de ello son: la imposición de multas coercitivas por desobediencia reiterada (STS de 10 de julio de 2012), la deducción de testimonio contra funcionarios que no colaboran con la justicia (STS de 3 de diciembre de 2013), y la imposición de multas diarias a una administración autonómica por no aportar la documentación requerida (Auto de la Audiencia Nacional de 9 de febrero de 2016).
De esta forma, la empresa demandante, que exige ser reparada por daños y perjuicios, solicita al Juzgado que investiga el megacontrato de Illa que «identifiquen a los responsables del incumplimiento» para que se puedan adaptar las medidas necesarias, bien mediante la imposición de multas coercitivas a los funcionarios responsables o bien que se opte por deducir el oportuno testimonio de particulares por desobediencia para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder.
Asimismo, pide que se acuerde que el registro de las dependencias de las Administraciones requeridas a los efectos de recabar la
información que se les ha solicitado como medio de prueba en el presente procedimiento judicial. «Estas peticiones encuentran sustento en el deber de colaboración de todas las Administraciones Públicas con la Administración de Justicia, ex artículo 118 de
la Constitución Española y artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Además, la identificación de los responsables resulta indispensable a los efectos del artículo 112 de la LJCA ya mencionados».
El caso
En el auto –de diciembre de 2023 y al que ha tenido acceso este diario en exclusiva–, el Juzgado exige tanto al Ingesa como a las comunidades autónomas y demás entidades adheridas a los lotes 1 (bata quirúrgica) y/o 7 (mascarillas quirúrgicas) que certifiquen «el número de contratos basados que se adjudicaron en los Lotes 1 y 7, desde la formalización del Acuerdo Marco hasta la fecha de su terminación», así como «el número de contratos que se adjudicaron por fuera del Acuerdo Marco en relación con los productos incluidos en los Lotes 1 y 7 desde la formalización del Acuerdo Marco hasta la fecha de su terminación». Más de un año después del inicio de la fase de prueba, Aragón, Cantabria, Asturias, Extremadura, Ceuta y Melilla no han presentado la documentación solicitada pese a los requerimientos del Juzgado de la Audiencia Nacional.
De noviembre de 2020 a diciembre de 2021, el entonces responsable del Ministerio de Sanidad, Salvador Illa, puso en marcha un Acuerdo Marco de 2.500 millones de euros con el supuesto objetivo de intentar poner orden y centralizar las compras de material sanitario. Sin embargo, las regiones apenas hicieron uso del él (solo un 6%, según estimaciones del sector), ya que fueron abastecidas directamente por el Ingesa con material que había sido adquirido mediante contratos de emergencia -sin publicidad ni licitación previa- antes de la entrada en vigor del megacontrato público.
Como consecuencia, decenas de empresas quedaron colgadas con millones de productos comprados, ya que los adjudicatarios estaban obligados por contrato a estar siempre aprovisionados de stock suficiente. En total, el organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad repartió 126.730.000 de mascarillas a las comunidades autónomas con el megacontrato público de Illa ya en vigor, impidiendo a estas acudir al convenio para la compra de material sanitario, ya que eran abastecidas de forma gratuita por el departamento de sanidad.