The Objective
España

Consumir droga en un vehículo aparcado no conllevará multa tras una orden de Marlaska

Interior ha fijado este criterio entre las fuerzas de seguridad tras distintas sentencias del Tribunal Supremo

Consumir droga en un vehículo aparcado no conllevará multa tras una orden de Marlaska

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska. | Ricardo Rubio / Europa Press / ContactoPhoto

Consumir o portar droga en un vehículo particular estacionado no conllevará ninguna sanción administrativa en virtud de la Ley de Seguridad Ciudadana. Es lo que fija una nueva instrucción de la Secretaria de Estado de Seguridad, dependiente del Ministerio del Interior, dirigida a todos los cuerpos policiales. El área dirigida por Fernando Grande-Marlaska ha fijado este nuevo criterio teniendo en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que en distintas sentencias ha reconocido que los vehículos particulares gozan de una protección reforzada por pertenecer a la esfera privada de los ciudadanos. 

La instrucción, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, deja sin efecto las sanciones administrativas de la conocida como ley mordaza respecto a la tenencia ilícita o al consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en el interior de los vehículos particulares utilizados «exclusivamente como medios de transporte estacionados». De este modo, Interior censura los artículos de la citada norma que castigan el consumo de drogas en los vehículos y recuerda que suponen «un daño para el bien jurídico protegido en el que se conforma la seguridad de las personas». 

Así, el departamento de Grande-Marlaska «deja al prudente criterio de los agentes actuantes apreciar si el hecho de consumir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicoterapias en el interior de un vehículo particular utilizado exclusivamente como medio de transporte estacionado es o no constitutivo de una infracción grave», de acuerdo con el artículo 16 de la Ley de Seguridad Ciudadana, puesto que el texto «sólo menciona los transportes colectivos». De acuerdo con estas apreciaciones, consumir droga en un autobús público o en el metro sí conllevaría una sanción, pero no si lo haces en el aparcamiento de una vía de servicio en la carretera, por ejemplo.

Un «objeto íntimo y privado»

La jurisprudencia del Alto Tribunal, prosigue en la instrucción la Secretaría de Estado de Seguridad, considera que los vehículos privados son objetos que «por su propia naturaleza guardián estrecha relación con el concepto de intimidad y privacidad de sus titulares, en cuanto son propicios y apropiados para albergar en su interior objetos y elementos reveladores del área más íntima de la persona». Por este motivo, afirma Interior, el consumo de drogas en un coche particular «utilizado exclusivamente como medio de transporte estacionado, no se considera subsumible en ninguna de las infracciones administrativas» citadas por la ley. 

Distinto escenario se plantea si el consumo o la tenencia de estupefacientes o sustancias psicotrópicas se lleva a cabo en un vehículo en tránsito. En este caso, subraya la orden, sí podría tratarse de una conducta subsumible en el Código Penal, en concreto, de un delito contra la salud pública o de un delito contra la seguridad vial. «El principio de tipicidad de la infracción requiere que el acto castigado se halle claramente definido como infracción por el ordenamiento jurídico, razón por lo cual no resulta posible incriminar conductas que no se hallen expresa, clara y previamente comprendidas» en la norma.

Malestar en la Policía

El nuevo criterio fijado por Interior ha desencadenado un gran malestar entre las fuerzas de seguridad. Desde Jupol, uno de los sindicatos mayoritarios, advierten de que «puede tener consecuencias graves y contraproducentes para la seguridad ciudadana, la salud pública y la autoridad de los cuerpos policiales». «La exclusión de sanción administrativa en este tipo de contextos transmite una preocupante sensación de permisividad que, lejos de resolver un problema, puede amplificarlo», critican desde esta organización. 

El sindicato enmarca la orden en «una preocupante tendencia impulsada por el Gobierno para relajar la normativa en materia de seguridad ciudadana», como demuestra la modificación que pretende llevar a cabo de la Ley Orgánica 4/2015, de Protección de la Seguridad Ciudadana. «Lejos de reforzar el marco legal frente al consumo, la tenencia o el tráfico de drogas —actividades que tienen un impacto directo en la salud pública y la seguridad—, el Ejecutivo está promoviendo cambios legislativos que suavizan las sanciones, limitan la capacidad de intervención de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y acaban por normalizar o tolerar comportamientos que deberían ser objeto de firme vigilancia».

En la misma linea, desde el Sindicato Unificado de Policía (SUP) califican la medida de «inconcebible« y advierten de posibles tragedias en la carretera derivadas de esta instrucción «que deja sin herramientas legales a los agentes para intervenir». «A partir de ahora, cualquier persona puede consumir sustancias estupefacientes dentro de un vehículo estacionado y, acto seguido, reanudar la marcha bajo sus efectos, quedando completamente fuera del alcance de la actuación policial hasta que sea demasiado tarde». «La instrucción pone en riesgo directo la vida de miles de personas y es un retroceso en la lucha contra el tráfico y consumo de drogas», advierten. 






Publicidad