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España

Sánchez y Gómez reciben una renta mensual por la casa familiar pagada con las saunas

La propiedad, durante años domicilio del matrimonio, está valorada hoy en 686.410 euros

Sánchez y Gómez reciben una renta mensual por la casa familiar pagada con las saunas

Pedro Sánchez y Begoña Gómez.

Pedro Sánchez y su esposa, Begoña Gómez, obtienen actualmente una renta mensual por el alquiler de la que fue su vivienda familiar durante más de una década, según ha podido saber THE OBJECTIVE. El inmueble, situado en una exclusiva urbanización de Pozuelo de Alarcón, fue adquirido en su momento por el padre de Gómez, Sabiniano Gómez, empresario del sector del ocio nocturno, concretamente de establecimientos de saunas de ambiente gay en Madrid. La propiedad, que durante años fue el domicilio del matrimonio y sus dos hijas antes de su traslado al Palacio de la Moncloa, está valorada hoy en 686.410 euros, según estimaciones de portales inmobiliarios como Idealista. El alquiler se sitúa actualmente en torno a los 2.500 euros mensuales

Se trata de una residencia de 165 metros cuadrados construidos, ubicada en la calle Tramontana, una zona residencial de alto nivel en el municipio madrileño. Dispone de tres dormitorios, dos cuartos de baño, dos plazas de garaje, y acceso a zonas comunes que incluyen jardines, piscina comunitaria y portero físico permanente durante las 24 horas del día. El edificio fue construido en 1995 y la urbanización, cerrada y con altos niveles de seguridad, es una de las más valoradas del entorno.

La historia de la propiedad no es menos llamativa. Según reconoció en su día el propio Sabiniano Gómez, suegro del presidente del Gobierno, él fue quien compró esta vivienda con recursos procedentes de su actividad empresarial en el sector del entretenimiento para adultos. Gómez fue titular, junto con sus hermanos, de al menos dos saunas de ambiente gay en Madrid: la conocida Sala Adán, en la calle San Bernardo, y Sauna Azul, en la calle Concepción Arenal, ambas ahora cerradas. Estos negocios funcionaron durante años y proporcionaron a su familia un sustento económico que permitió inversiones inmobiliarias como la citada.

Comprada por Sabiniano Gómez

«Yo la compré», afirmó Sabiniano Gómez en 2023 en conversación con la autora de esta información. Posteriormente, según explicó, transfirió la propiedad a su hija, Begoña Gómez, para que viviera allí junto a Pedro Sánchez y sus hijas. El matrimonio contrajo matrimonio civil en 2006, poco después del nacimiento de su primera hija, y ya por entonces residía en dicha vivienda. Según consta en la declaración de bienes del presidente, el régimen económico del matrimonio es de separación de bienes, por lo que la propiedad quedaría formalmente fuera del patrimonio del jefe del Ejecutivo. Sin embargo, él mismo ha disfrutado de su uso durante años y, de forma indirecta, se ha beneficiado también de los ingresos actuales derivados del alquiler.

Durante un tiempo, el inmueble fue arrendado a una prima de Begoña Gómez. No obstante, desde hace más de un año reside allí una familia de origen asiático, según ha podido comprobar THE OBJECTIVE. La operación de arrendamiento genera a día de hoy unos 2.500 euros mensuales, lo que representa un rendimiento razonable acorde con el valor de mercado de la vivienda y las características del inmueble.

Begoña Gómez no aparecía como titular de la vivienda antes del fallecimiento de su padre. Esto puede deberse, según explican expertos en derecho inmobiliario, a que la cesión de la propiedad por parte de su padre se realizara mediante un contrato privado, sin escritura pública, lo que impediría su inscripción en el Registro salvo que se regularice la situación ante notario. Dicha falta de inscripción no impidió que, durante años, Begoña Gómez se presentara como propietaria en las juntas de vecinos de la urbanización, donde era habitual verla participar y tomar decisiones como parte activa de la comunidad.

Tras el fallecimiento de Sabiniano Gómez, la situación jurídica de la vivienda podría requerir regularización. Si la cesión nunca fue registrada oficialmente, la propiedad seguiría formalmente en manos del difunto, lo que implicaría la necesidad de iniciar un proceso de adjudicación o herencia formal, a menos de que exista una escritura privada que pueda ser validada.

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