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La abogada expedientada por no ir a juicio pese a tener embarazo de riesgo denunciará al juez

El juez trasladó el expediente al fiscal tras advertir un presunto delito de falsedad documental en los informes médicos

La abogada expedientada por no ir a juicio pese a tener embarazo de riesgo denunciará al juez

Un juzgado, en una imagen de archivo. | EP

Giro en el caso de la abogada expedientada por un juez de Soria por no acudir a un juicio pese haber justificado previamente que debía mantener reposo por un embarazo de riesgo. Según ha podido saber THE OBJECTIVE, la afectada ha decidido interponer una denuncia por amenazas y acoso contra el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Soria después de que el magistrado haya enviado las actuaciones sobre el caso a la Fiscalía Provincial a fin de que investigue una supuesta falsedad documental en relación con el informe médico que la letrada presentó para justificar su reposo domiciliario por preeclampsia, una complicación en el embarazo por tener la presión arterial alta. 

El juez, según ha publicado el Heraldo de Soria, decidió trasladar el expediente al Ministerio Público tras advertir diferencias en el documento médico que esgrimió primero la abogada ante el Juzgado número 3 y que facilitó después ante el Juzgado de lo Penal, que sí entendió los motivos de la letrada para posponer el juicio. En concreto, según señaló este medio, la eliminación de algunas frases de un escrito a otro. Ante esto, la Fiscalía abrió un procedimiento de diligencias preprocesales para investigar un supuesto delito de falsedad documental y citó a declarar al ginecólogo autor de dicho informe.

Fuentes próximas al caso señalan a este diario, sin embargo, que el citado profesional ratificó el informe médico ante el fiscal y detalló que le pautó a la abogada reposo domiciliario dado el estado avanzado de gestación y el alto riesgo de preeclampsia. La Fiscalía, que no llamó a declarar, en cambio, a la afectada, ha remitido ya las actuaciones por el citado delito, pero, indican las mismas fuentes, por ahora no se ha incoado procedimiento en ningún juzgado.

Los informes médicos

Respecto a los datos que el juez señala se habrían supuestamente modificado, fuentes jurídicas aclaran que lo único que no aparecía eran los datos personales de la letrada por una cuestión de protección de la intimidad. En cualquier caso, para la suspensión del juicio no hace falta la baja o un informe médico, tan solo el justificante. Aun así, esta letrada, tras la solicitud del juzgado, presentó igualmente los citados documentos.

THE OBJECTIVE ha tenido acceso a los dos documentos médicos presentados ante los citados juzgados y no se observa, tras su consulta, ninguna diferencia en el texto en relación con el diagnóstico ginecológico. Esta justificación, sin embargo, no fue suficiente para el titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Soria, que decidió mantener el juicio y transmitió a la abogada que debía comparecer telemáticamente desde su domicilio cuando se encontraba en la cama por la citada enfermedad y en estado de gestación de 33 semanas y tres días. 

El juez argumentó su decisión de celebrar la vista por las características del caso, sobre un presunto delito de conducción sin carnet, pero la letrada comunicó igualmente que no asistiría a la misma por su estado de salud. Fuentes próximas al caso insisten en que no existía ninguna urgencia en la celebración, habida cuenta de que no había otra parte personada ni se perjudicaba a nadie.

Estas mismas fuentes revelan que, pese al informe médico, el día de la celebración de la vista, la letrada, estando en la cama, recibió diez llamadas del juzgado de Soria en las que, a través de una funcionaria, «el juez le reclamaba conectarse al juicio a través de una cámara en el ordenador bajo advertencia de un expediente». La abogada le insistió en todo momento en que estaba en la cama y que esa situación podía empeorar su estado, ante una inminente subida de tensión.

Debía comparecer de forma telemática

Un día después, dadas las circunstancias, el magistrado dictó una nueva fecha para el juicio: el 16 de mayo, pero la petición de suspensión de la abogada por el embarazo de riesgo tuvo el mismo resultado. El titular la denegó y le comunico –de nuevo– que debía comparecer de forma telemática. Tras negarse, el juez decidió celebrar la vista sin la letrada y pidió una de oficio para que defendiese a la acusada.

Tras este episodio, el juez soriano decidió abrir una pieza separada e informó a la abogada de que le había abierto un expediente por no asistir al juicio. Posteriormente, el Juzgado de lo Penal de Soria, que ahora lleva la causa de la polémica, sí atendió la situación de la abogada y decidió posponer el juicio a octubre, dando como válido el informe médico. Estos hechos llevaron al Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) a denunciar ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) el pasado mes de junio «el trato lesivo» recibido por la letrada.

Denuncia ante el CGPJ

En el documento remitido al órgano de gobierno de los jueces, el ICAM solicita que, en el ejercicio de sus competencias de inspección y supervisión, se investigue si la actuación del juzgado pudo vulnerar los derechos fundamentales de la profesional, en particular el derecho a la protección de la salud, el derecho a la conciliación profesional y familiar y las garantías propias del ejercicio de la abogacía en condiciones de dignidad y seguridad. Por otro lado, también ha trasladado la documentación pertinente sobre el caso al Colegio de Abogados de Soria, pero el organismo no ha recibido respuesta todavía.

Desde el Juzgado de Instrucción número 3 de Soria, las fuentes consultadas señalaron que la abogada «no justificó ni acreditó debidamente la baja laboral para poder suspender la vista». En este sentido, explicaron que «sí presentó un documento médico obtenido tras una cita telefónica en el que se le recomendaba reposo», pero tras no presentarse al juicio ni en el primer señalamiento ni en el segundo, «ni presentar nueva documentación que acreditase dicha baja», el juzgado decidió que a la investigada, pese a su negativa, le asistiera un abogado de oficio

Respecto al expediente sancionador por la incomparecencia de la letrada, las mismas fuentes manifestaron que se «incoó por su actuación, otorgando un plazo para alegaciones que no se formularon» y, por tanto, el Juzgado solicitó «imponerle una multa por la reiterada incomparecencia sin acreditarse la baja laboral médica». «La situación de incapacidad a efectos laborales y prestacionales requiere estar impedido para el trabajo» y el titular «entendió que el documento médico presentado por la abogada consideraba compatible el reposo con su actividad profesional de manera remota», advirtieron desde el TSJ de Castilla y León. 






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