El Govern rectifica en horas una orden que censura a los funcionarios de prisiones
El área ha elevado ahora la norma al servicio jurídico para determinar si vulnera derechos fundamentales

Una protesta de funcionarios catalanes, en una imagen de archivo.
El Govern ha dado marcha atrás a una orden interna que establecía sanciones disciplinarias graves para los funcionarios de prisiones que hiciesen cualquier declaración pública relacionada con el sector penitenciario sin haber obtenido una autorización previa. El Departamento de Justicia y Calidad Democrática, del que depende la gestión de las prisiones catalanas, remitió el lunes en un correo a todos los trabajadores la citada instrucción, que ajustaba, según reza la misma, el cumplimiento de varios artículos del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). En concreto, el 52 y 53, relativos a los principios éticos y de conducta; y a los deberes de lealtad institucional, objetividad, neutralidad y reserva sobre los asuntos conocidos por razón de cargo, respectivamente.
Después de 48 horas, el Ejecutivo decidió dejar en el aire la norma y elevarla a los servicios jurídicos, habida cuenta de su posible colisión con derechos fundamentales de los trabajadores, entre ellos el de libertad de expresión, tal como habían denunciado los sindicatos.
En la orden interna, la Subdirección General de Programas de Rehabilitación y Sanidad justificaba esta medida «a raíz de diversas situaciones que habían sucedido, de profesionales o entidades, propias o colaboradoras, que habían aparecido en medios de comunicación y redes sociales, participando en entrevistas, debates y reportajes». Este tipo de actividades externas quedaban prohibidas si no se había obtenido previamente el correspondiente permiso mediante un «procedimiento institucional», que si finalmente se autorizaba, solo permitía al departamento de prisiones elegir «al profesional que debía asumir la intervención».
Si no se seguía ese protocolo, dictaba la norma, en función del contenido y de las circunstancias concurrentes, la difusión de información podía conllevar faltas graves o muy graves. La primera de ellas, por vulneración del deber de reserva, incumplimiento de las normas de comunicación institucional y afectación a la imagen, neutralidad o funcionamiento del servicio público. Y la segunda, en caso de difusión de datos especialmente sensibles, identificación directa o indirecta de personas internas, o vulneración grave del deber de confidencialidad y lealtad institucional.
Quejas de los sindicatos
El anuncio del Govern provocó un terremoto entre los sindicatos del colectivo penitenciario. Sicap-Fepol denunció la «deriva autoritaria» del Departamento de Justicia y, en concreto, del director general de Prisiones, Domingo Estepa, y criticó que la orden «pretendía imponer un control absoluto sobre la voz de los profesionales penitenciarios». Una instrucción que, en la práctica, según esta organización sindical, «introduce un sistema de censura previa incompatible con el ordenamiento constitucional al vulnerar derechos fundamentales».
«La libertad de expresión e información (Art. 20 CE) prohíbe explícitamente la censura previa. El intento de fiscalizar el relato de los trabajadores antes de que se produzca es una práctica de otras épocas. Que el departamento disponga de canales oficiales es legítimo; que pretenda que los profesionales deban pedir permiso para opinar sobre la realidad que viven diariamente es inconstitucional», advertía en un comunicado Sicap-Fepol, en el que exigía la «retirada inmediata» de la instrucción.
La «matización» del Govern
Ahora, el departamento dirigido por Estepa ha decidido dejar en barbecho la orden, precisamente por el conflicto que puede conllevar con otros derechos fundamentales. «Os informamos de que, dada la complejidad de la materia y las diversas interpretaciones posibles del marco normativo aplicable, la dirección ha considerado oportuno elevar consulta a los servicios jurídicos competentes», señala en un comunicado, remitido por la Subdirección General de Programas de Rehabilitación y Sanidad.
Una revisión que «tiene por objeto analizar con mayor detalle el alcance de la regulación vigente, así como el margen de matización que debe tenerse en cuenta en relación con el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión, garantizando siempre que dicho ejercicio no vulnere los principios, deberes y obligaciones profesionales que rigen al personal al servicio de la Administración de la Generalitat de Catalunya, ni las normas de comunicación institucional».
Tras el revuelo generado y a la espera «del criterio jurídico correspondiente […] para disponer de dicha aclaración», el área de prisiones recomienda a los funcionarios «una lectura ponderada de la comunicación anterior, en coherencia con el marco normativo mencionado y con el necesario respeto al ejercicio responsable de los derechos individuales». A juicio de las fuentes penitenciarias consultadas, el Govern ha utilizado «la excusa de la asesoría jurídica para ocultar el error. Querían meter miedo, pero han metido la pata. Me temo que ese estudio será muy, muy largo».
