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Castilla y León

Castilla y León declara peligro medio de incendios forestales del 27 marzo al 6 de abril

Se suspenden las autorizaciones concedidas para estas fechas de quema en monte y en los terrenos rústicos

Castilla y León declara peligro medio de incendios forestales del 27 marzo al 6 de abril

Un equipo de bomberos durante el incendio forestal, 24 de agosto de 2025, en La Baña, León. | Carlos Castro

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio ha declarado peligro medio de incendios forestales en las nueve provincias de Castilla y León del 27 de marzo al 6 de abril de 2026.

La previsión meteorológica actual indica que durante los próximos días se producirán humedades relativas mínimas por debajo del 30 %, vientos por encima de los 30 km/h e inestabilidad atmosférica en capas bajas. Estas condiciones advierten desde la Administración regional, conllevan un aumento de la probabilidad de ignición, así como de la propagación, elevando el peligro de incendios forestales por encima de la media esperada.

Por ello, solicitan a la población extrema prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar situaciones de riesgo que puedan producir un incendio forestal.

Se reforzarán los medios del operativo Infocal para atajar los conatos que puedan producirse. Se ha reforzado el personal de guardia, tanto de agentes medioambientales como de técnicos especialistas en extinción, se mantienen cuadrillas helitransportadas en todas las bases y todas las autobombas. También hay activados cuadrillas terrestres, unidades de brigada y autobomba y retenes de maquinaria.

Medidas específicas

Con efecto de esta declaración entran en vigor las medidas preventivas específicas establecidas para esta época de peligro, regulando el uso del fuego y se establecen medidas preventivas en Castilla y León. Así, se suspenden las autorizaciones concedidas para estas fechas de quema en monte y en los terrenos rústicos a menos de 400 metros del mismo, quema de matorral, de pastos, restos agrícolas, forestales y otros restos de vegetación.

Sí podrán hacerse, las quemas de restos vegetales acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, que requieren comunicación al Servicio Territorial de Medio Ambiente, pero con una antelación mínima de 48 horas respecto a la fecha de realización de la quema y el aviso al agente medioambiental de la zona antes de iniciar la quema.

El lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego requiere de la correspondiente autorización, mientras que no existen restricciones específicas en este periodo para las labores agrícolas. Desde la Junta de Castilla y León se confía en que la población siga extremando la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar el inicio de un posible incendio y, en caso de producirse, alerte a través del 112.

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