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Salobreña inicia un procedimiento para dar de baja el empadronamiento de Macarena Olona

La localidad da 15 días a la diputada nacional para probar si realmente ha residido desde que fue censada en la localidad

Salobreña inicia un procedimiento para dar de baja el empadronamiento de Macarena Olona

Macarena Olona. | EP

El Ayuntamiento de Salobreña ha iniciado un procedimiento de baja de oficio en el empadronamiento municipal de habitantes de esta localidad de la Costa Tropical de Granada por parte de la candidata de Vox a la Junta de Andalucía, Macarena Olona, para revisar si se ha producido una supuesta «inscripción indebida». Desde el Gobierno de la localidad han dado un plazo de 15 días a la diputada para probar si realmente reside o no en el municipio.

Ahora el Ayuntamiento de Salobreña, según ha podido saber THE OBJECTIVE, ha dado medio mes para que la candidata pruebe si realmente ha residido o no en la vivienda en la que fue inscrita, propiedad del presidente de Vox en Granada, Manuel Martín Montero.

En un comunicado al que ha tenido acceso este medio, el Ayuntamiento de la localidad admite que localiza irregularidades en el proceso de empadronamiento de Olona tras las declaraciones de Martín en las que sostiene que mentiría si dijera que la diputada reside habitualmente en la vivienda.

«Ya en el día de hoy, la Alcaldesa ha dictado una resolución de inicio de baja de oficio, que debe otorgar plazo de alegaciones a los interesados», han valorado desde la localidad. Ello no significa que la candidata vaya a ser dada de baja de forma inmediata, sino que tiene derecho a defenderse de estas acusaciones.

Este proceso no implica que Olona haya sido dada de baja en el censo de la localidad. Fuentes del Ayuntamiento consultadas por este medio señalan que las informaciones indicadas en otros diarios que apuntan a esta suspensión no son ciertas.

Vox tacha la causa de prevaricación

La formación no ha tardado en reaccionar a las informaciones y a través de Twitter, su presidente Santiago Abascal ha asegurado que las investigaciones están instigadas porque «tienen miedo a que los andaluces elijan». El líder de la formación ha asegurado que las urnas responderán a esta situación el próximo 19 de junio, fecha de los comicios.

Un proceso que puede finalizar sin Olona como candidata

En un informe de secretaría, al que ha tenido acceso EFE este viernes, se explica que el pasado 25 de noviembre, a través de un decreto de alcaldía, se procedió a la inscripción padronal de Olona.

Esta inscripción se autorizó previa verificación del cumplimiento de los requisitos legalmente exigibles, acreditando el usufructuario de la vivienda el título de uso de la misma mediante nota simple registral y la autorización de residencia en la misma.

No obstante, señala el informe fechado este pasado 17 de mayo, según lo publicado recientemente en distintos medios de comunicación se habría «cuestionado» esta inscripción padronal, a la vista de las manifestaciones del propio titular de la vivienda.

El secretario recuerda que, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Régimen Local, los ayuntamientos harán las actuaciones y operaciones necesarias para mantener actualizados sus padrones, de modo que los datos contenidos en estos «concuerden con la realidad» y proceder por tanto al inicio de un procedimiento de baja de oficio «por inscripción indebida».

La secretaría municipal señala que el padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de una localidad y que sus datos constituyen prueba de la residencia y del domicilio habitual en el mismo.

Las bajas por inscripción indebida podrán ser consecuencia de un expediente de oficio y el Ayuntamiento dará de baja, por inscripción indebida, a quienes figuren empadronados incumpliendo los requisitos establecidos en el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

El procedimiento incluye la comprobación por parte de los servicios municipales competentes del incumplimiento de los requisitos, si se presume que el interesado no reside habitualmente en el municipio.

Iniciado el expediente, se dará audiencia al interesado para que en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince pueda manifestar si está o no de acuerdo con la baja; podrá alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside durante más tiempo al año, en el caso de vivir en varios municipios.

En los casos en que la persona interesada manifieste su disconformidad con la baja o no efectúe alegación alguna una vez transcurrido el plazo, la baja solo podrá llevarse a cabo de acuerdo con el informe favorable del Consejo de Empadronamiento.

El órgano competente para resolver el expediente, con independencia de que exista o no manifestación expresa de su conformidad con la baja, corresponderá a la alcaldía.

El pasado 13 mayo, cuando la propia Olona confirmó su empadronamiento en Salobreña, la alcaldesa de la localidad, María Eugenia Rufino (PSOE), aseguró en un comunicado que el Ayuntamiento había seguido el procedimiento administrativo establecido por la ley y que, por tanto, no se había producido «ninguna irregularidad».

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