Igualdad rechaza los argumentos del opositor a policía en Torrelodones que afirmaba ser mujer
Mientras, el Ayuntamiento espera un informe de la Comunidad de Madrid. El departamento de Montero afirma que se acogió a la norma regional, no nacional
El aspirante a la Policía Municipal que presentó un acta notarial para asegurar que era una mujer y realizar las pruebas físicas correspondientes a este sexo no cuenta con el visto bueno del Ministerio de Igualdad. En un informe trasladado al Ayuntamiento de Torrelodones, la cartera de Irene Montero considera que la ley trans no contempla las razones aducidas por el opositor e insiste en que este se acogió a la norma de la Comunidad de Madrid, tal y como informa el diario El Confidencial tras haber tenido acceso al texto.
El medio señala que el texto rechaza las razones aducidas por el aspirante, que inició el proceso considerándose hombre y que, en el momento de dar el salto al terreno de los exámenes físicos, pidió que se le reconociera como mujer. Ante las dudas, el consistorio solicitó dos informes, uno a Igualdad y otro a la Comunidad, e instó a que el opositor realizara las pruebas correspondientes a ambos sexos.
«Se desconoce en qué concretos artículos y argumentación se basa el interesado para considerar que dicha legislación ampara su deseo de que el tribunal calificador le califique como mujer, dado que el procedimiento de rectificación registral y sus efectos se encuentran regulados en la normativa estatal», puede leerse en la nota.
El aspirante se acogió a la ‘ley trans’ madrileña
El texto añade que el hombre no se acogió a la ley trans nacional, sino a la de la Comunidad de Madrid, aprobada por el PP en 2016. Sin embargo, explica que ahora mismo es la ley estatal la que rige el cambio de sexo de manera oficial y que el opositor no cumple con las condiciones que establece la norma, por lo que no podría acogerse y su intento sería inválido.
El propio Ayuntamiento de Torrelodones, según recuerda el citado medio, ya emitió un informe interno en el que dudaba de la validez de los razonamientos del examinado al no cumplir con el artículo 46.1 de la citada norma: «En síntesis, viene a sostener que la solicitud del interesado de que se le califique como mujer no puede ser atendida, dado que no justifica haber realizado una rectificación de la mención registral del sexo y siendo solo esta la que surtiría efectos constitutivos a partir de su inscripción en el Registro Civil».
«No corresponde a este ministerio entrar a valorar informes de otras administraciones públicas. No obstante, cabe señalar que se coincide en la interpretación que el informe hace de los requisitos necesarios para que surta efectos el cambio de sexo registral y, por lo tanto, se entiende que los efectos jurídicos se otorgan tras el cambio de la mención registral del sexo, todo ello sin perjuicio del resto de normas que resulten de aplicación», afirma Igualdad.
Por el momento, Torrelodones esperará a un segundo informe, solicitado en este caso a la Comunidad de Madrid. Por el momento, ya se conocen las notas de todos los opositores a la Policía Municipal, aunque no han sido publicadas todavía a la espera de resolver los flecos pendientes.