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Política

Caos en el BOE: Montero y Díaz cambiaron una ley el mismo día y no saben cuál está en vigor

Un cambio en un apartado que afecta a las leyes de ‘empleo’ y a la ‘trans’ provocarán que el Gobierno tenga que volver a legislar normas ya cerradas

Caos en el BOE: Montero y Díaz cambiaron una ley el mismo día y no saben cuál está en vigor

Las ministras Irene Montero y Yolanda Díaz en el Congreso de los Diputados. | Ricardo Rubio (Europa Press)

Irene Montero y Yolanda Díaz han puesto, a través de sus respectivos ministerios, patas arriba el Boletín Oficial del Estado (BOE). Las reformas de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS), realizadas a través de la ley de empleo y la ley trans, se publicaron a la vez, el mismo día y la misma hora; siendo así ambas versiones válidas a ojos de la Administración y dejando en un limbo la aplicación de las mismas, tal y como revela El Confidencial.

El medio señala que el BOE ha decidido reflejar ambas redacciones hasta que el error sea subsanado. Para advertirlo, se añade: «Téngase en cuenta que se modifica la letra c) del apartado 1 por la disposición final 1.2 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, Ref. BOE-A-2023-5365 y, con la misma fecha de publicación oficial y entrada en vigor, se vuelve a modificar la letra c) por la disposición final 6.4 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2023-5366. Se muestran ambas redacciones».

Al no poder saber cuál de las dos modificaciones se hizo antes y al haberse publicado a la vez, es imposible que una derogue a la otra en virtud de ser una versión más moderna. El Gobierno tendrá que resolverlo con una rectificación que aclare la disputa y facilite la interpretación de la norma en ese punto exacto.

El BOE recoge dos infracciones

El citado medio recuerda que el artículo repetido es el 16.1 letra c. En él se especifican las infracciones «muy graves» a las que se enfrentan las empresas, las agencias de colocación o las entidades de formación si solicitan datos personales a la hora de contratar a personal. El objetivo de la norma es tratar de impedir que se produzcan situaciones discriminatorias.

El Ministerio de Igualdad y el de Trabajo conocen los errores y aseguran que están trabajando en resolver los problemas que se están produciendo a causa de las confusiones. Ambos insisten en que se trata de un hecho habitual en el procedimiento legislativo y que esta no es la primera vez que ocurre.

Tal y como informa La Voz de Galicia, el error no resulta menor. En la versión de Trabajo, los datos que no pueden reclamarse al candidato son aquellos que afectan a su «salud», mientras que en la de Igualdad, sin embargo, no lo hizo.

«Solicitar datos de carácter personal en cualquier proceso de intermediación o colocación o establecer condiciones, mediante la publicidad, difusión o por cualquier otro medio, que constituyan discriminaciones para el acceso al empleo por motivos de edad, sexo, discapacidad, salud, orientación sexual, identidad de género, expresión de género, características sexuales, nacionalidad, origen racial o étnico, religión o creencias, opinión política, afiliación sindical, así como por razón de lengua, dentro del Estado español, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social», puede leerse en el extracto del citado medio.

El Gobierno tendrá que volver a legislar en ambas leyes para dar una respuesta definitiva. De esta forma, el Ejecutivo podría tener que volver a abrir dos normas que ya han quedado cerradas en el Congreso de los Diputados, abriendo la puerta a una posible vuelta al Congreso de los Diputados al ser necesaria una reforma parlamentaria.

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