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La vuelta de Puigdemont, beneficiarios o delitos excluidos: las claves de la ley de amnistía

La norma borra la responsabilidad penal, administrativa y contable de los relacionadas con el ‘procés’ desde 2011 a 2023

La vuelta de Puigdemont, beneficiarios o delitos excluidos: las claves de la ley de amnistía

El líder de Junts+, Carles Puigdemont | Glòria Sánchez (Europa Press)

El pleno del Congreso aprueba previsiblemente este jueves de forma definitiva la ley de amnistía, una iniciativa que registró hace seis meses y medio el grupo socialista y que permitió que, tres días después, Pedro Sánchez fuera investido presidente del Gobierno.

Tras intensas negociaciones con ERC y Junts, que llegó a votar no a la ley el pasado enero en el pleno para forzar la inclusión de nuevas enmiendas, la mayoría de la Cámara Baja se dispone a levantar el veto del Senado para culminar la tramitación parlamentaria de la ley, que quedará en manos de los jueces.

¿A cuántas personas va a beneficiar?

No hay cifras oficiales. En marzo, el ministro de Justicia, Félix Bolaños, calculó que la ley beneficiará a 372 personas con causas penales, entre ellas el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont.

Sumando a los sancionados en aplicación de la ley de seguridad ciudadana, que podrán recuperar las multas pagadas, Junts estima que serán un millar de personas. ERC ha llegado a hablar de 1.500.

Los dirigentes del procés que estuvieron en prisión condenados por el Supremo y que fueron indultados, como el líder de ERC Oriol Junqueras, también se beneficiarán de la amnistía, ya que el indulto fue parcial y siguen inhabilitados.

¿Cuándo serán amnistiados?

La ley fija que, una vez publicada en el BOE, de forma inmediata los jueces deberán dictar orden de libertad si hay alguien en prisión, levantar las medidas cautelares y alzar las órdenes de detención que estén en vigor.

Para aplicar la amnistía en todos sus extremos, los jueces que tengan entre manos casos vinculados al procés tendrán dos meses, aunque si presentan una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) -por considerar que la ley puede colisionar con el derecho comunitario-, el caso que estén analizando quedará en suspenso.

¿Cuándo podrá venir Puigdemont a España?

La fecha de vuelta a España del expresidente de la Generalitat y líder de Junts, Carles Puigdemont, es una de las grandes incógnitas tras la aprobación de la ley de amnistía. Aunque en principio la publicación en el BOE de la ley es sinónimo de vía libre para que Puigdemont regrese, la realidad podría ser algo más compleja.

Según diversos juristas consultados por RTVE, es «difícil» determinar cuándo regresarían a España los líderes independentistas que se fueron del país tras el procés. En el caso del líder de Junts, uno de los principales beneficiarios de la medida, pesa sobre él una orden nacional de detención.

Por su parte, el catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid Manuel Cancio ha explicado al citado medio que es necesario que un juez redacte un auto que suspenda esa orden de detención. En caso de no hacerlo, la policía debería arrestar a Puigdemont en cuanto pise suelo español.

Sin embargo, también hay opiniones disidentes. El catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense José Manuel Chozas considera que, al quedar levantadas las medidas cautelares, el expresidente podría volver a España el mismo día que entre en vigor la nueva ley.

Por último, algo importante a tener en cuenta y que a día de hoy no está claro es qué pasará si el Supremo, que es el tribunal que investiga el caso de Puigdemont, plantea una cuestión prejudicial o de inconstitucionalidad. En este caso, podría no levantar las medidas cautelares hasta que no haya un pronunciamiento al respecto.

¿Qué se amnistía?

La ley borra toda responsabilidad penal, administrativa y contable de las personas relacionadas con el proceso independentistas catalán durante doce años: desde el 1 de noviembre de 2011 al 13 de noviembre de 2023.

Quedan cubiertos los actos cometidos con la intención de reivindicar o promover la secesión de Cataluña o celebrar las consultas del 9 de noviembre de 2014 y del 1 de octubre de 2017 -incluida la malversación, los atentados contra la autoridad, los desórdenes públicos y el denominado terrorismo de baja intensidad- y las acciones policiales dirigidas a dificultar o impedir esos delitos y faltas vinculados al procés.

¿Qué delitos quedan finalmente excluidos?

No serán amnistiados los actos que puedan ser calificados como terrorismo según la legislación europea y que hayan causado «de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos»; y los delitos de malversación cuando afecten a intereses financieros de la UE; y los delitos de traición.

Tampoco están cubiertos los delitos contra la paz o la independencia del Estado y los relativos a la defensa nacional cuando se haya producido «una amenaza efectiva y real» y un «uso efectivo de la fuerza contra la integridad o la independencia» política de España de acuerdo con la legislación internacional.

Quedan asimismo fuera los delitos de genocidio y lesa humanidad; los actos dolosos que hayan causado muerte, aborto, pérdida de un órgano o de un sentido, impotencia o esterilidad; las torturas y tratos inhumanos y degradantes de acuerdo el Convenio de Derechos Humanos, a no ser que no superen un umbral mínimo de gravedad; y los delitos de odio.

¿Qué pasará con el dinero desviado? ¿Y con las multas pagadas?

La amnistía extingue «responsabilidades contables» vinculadas al procés, con lo que el Tribunal de Cuentas deberá archivar la causa abierta contra 35 ex altos cargos catalanes, entre ellos Oriol Junqueras, el expresident Artur Mas y diversos exconsejeros por el presunto desvió de entre 3,1 y 5 millones.

No afecta sin embargo a la responsabilidad civil que pueda corresponder por los daños sufridos por particulares, que podrán reclamar en la jurisdicción penal; y tampoco a sentencias o resoluciones firmes y ejecutadas, con lo que el Tribunal de Cuentas no tendrá que devolver los 5 millones de euros que Mas y otros políticos pagaron por la consulta del 9-N.

 Sí podrán reclamarse las multas que hayan pagado los participantes en los disturbios que rodearon el ‘proces’ en aplicación de la ley de seguridad ciudadana, siempre que no fueran infracciones muy graves. Será la administración competente quien devuelva el dinero si ve «criterios de proporcionalidad».

¿Qué dice Europa?

La Comisión Europea analizará si la norma cumple los estándares europeos una vez concluya su tramitación y el Tribunal de Justicia de la UE lo hará en el caso de que un juez presente una cuestión prejudicial. Por el momento, solo ha manifestado su parecer, a petición del Senado, la Comisión de Venecia del Consejo de Europa.

Consideró que la amnistía es un instrumento legítimo para buscar la normalización institucional, política y social de Cataluña y avaló la delimitación de los delitos que no serán amnistiados, aunque recordó que no puede redactarse para individuos concretos, cuestionó el amplio periodo cubierto y recomendó que fuera aprobada por mayoría cualificada, no solo absoluta. 

Parte de este artículo ha sido redactado con la noticia publicada en EFE por la periodista Noelia López.

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