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El Senado frena a ERC y Bildu: no se puede ser español hablando solo lenguas cooficiales

La Mesa de la Cámara, con mayoría del Partido Popular, rechaza una moción por ir en contra de la Constitución

El Senado frena a ERC y Bildu: no se puede ser español hablando solo lenguas cooficiales

El presidente del Senado, Pedro Rollán | Agencias

La Mesa del Senado, con mayoría de representantes del Partido Popular, ha frenado la intención del grupo Izquierdas por la independencia, integrado por Esquerra Republicana y Bildu, para que la Cámara Alta apruebe una moción para que solo el conocimiento de las lenguas oficiales (catalán, gallego y vasco) sea necesario para obtener la nacionalidad española, según el texto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE. La razón es que esta iniciativa va en contra de la Constitución.

Este grupo independentista presentó para su calificación por este órgano de gobierno del Senado un texto en el que señalaban que «la negación de la nacionalidad española a una vecina del municipio mallorquín de Santa Margalida, de origen africano y residente desde hace veinte años por no dominar el castellano, a pesar de ser hablante de catalán, pone de relieve una problemática profunda en el proceso de adquisición de nacionalidad para los extranjeros residentes en territorios del estado de habla catalana».

A su juicio, «este caso demuestra la absoluta falta de imparcialidad de los criterios administrativos por los cuales se considera probada la integración, que parecen no tomar en cuenta la diversidad lingüística del Estado y las realidades de los territorios con lengua propia oficial. El catalán, al igual que el gallego y el vasco, son lenguas oficiales del Estado y merecen la misma consideración jurídica que el castellano, así como el reconocimiento explícito a su valor como lengua con capacidad de relación plena con la administración y de máximo rango».

En el texto señalan que, «la legislación española, a través de la Ley 19/2015, de 13 de julio, establece en su disposición final séptima, requisitos claros para la adquisición de la nacionalidad por residencia. Dichos requisitos incluyen un conocimiento básico del castellano, demostrable mediante la superación de un examen para obtener el diploma DELE de nivel A2 o superior. Sin embargo, este requisito no es compatible ni intercambiable con el conocimiento del resto de lenguas oficiales, dejando claro que el Estado establece una jerarquización en la valoración de las lenguas en la que el castellano está por encima del catalán y el resto de las lenguas oficiales».

Su conclusión es que «hablar catalán no demuestra ningún arraigo al territorio y hablar castellano sí. El caso de la vecina de Santa Margalida ejemplifica a la perfección la capa de supremacismo lingüístico que impregna la legislación estatal y evidencia la absoluta falta de respeto y consideración de esta a la realidad cultural y lingüística del estado. Una realidad plurilingüe y plurinacional que desde buena parte de los poderes del estado se intenta degradar y socavar con el afán de eliminar cualquier elemento de identidad que no sea de matriz castellana».

Izquierda por la independencia considera que «aunque la ley y el Instituto Cervantes facilitan recursos y pruebas adaptadas para garantizar un proceso de adquisición de nacionalidad accesible y equitativo, la aplicación práctica de estos criterios resulta discriminatoria para aquellos ciudadanos que, habiendo demostrado un compromiso y una integración significativa en sus territorios de residencia mediante el dominio de una lengua oficial, se encuentran con un obstáculo insuperable debido a su falta de dominio del castellano».

A su juicio, «este caso demuestra la importancia de reconocer la realidad cultural y lingüística del estado y revisar y ampliar los criterios de integración para incluir el conocimiento de las lenguas oficiales en igualdad de condiciones con el conocimiento del castellano».

Por ello, proponen que «la Comisión de Cultura del Senado insta al Gobierno español a tomar las medidas necesarias para garantizar el mismo estatus jurídico de todas las lenguas oficiales del Estado en los requisitos y procedimientos para la obtención de la nacionalidad española por residencia».

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