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Política

Turull (Junts) recurre la negativa del Tribunal Supremo a amnistiarle por malversación

El Alto Tribunal lo acusa de hacer contrataciones en relación al referéndum, aunque no se llegaron a materializar

Turull (Junts) recurre la negativa del Tribunal Supremo a amnistiarle por malversación

El secretario general de Junts, Jordi Turull. | Europa Press

El secretario general de Junts, Jordi Turull, ha presentado un recurso de súplica contra el auto del Tribunal Supremo (TS) que declaró no amnistiado el delito de malversación de caudales públicos por el que fue condenado junto a Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa.

En el recurso, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Turull subraya que «no es más grave ni más reprochable lo que en su día –según la sentencia que les condenó– hicieron el Sr. Turull y demás miembros del Gobierno catalán que lo que ha hecho ahora la Sala: imponer su voluntad por encima del texto de una ley democrática y de facto derogarla en lo que respecta a la malversación».

El documento recuerda al Supremo que el sentido y fin de la medida de gracia aprobada no es otro que «extinguir por completo la responsabilidad penal de las personas que intervinieron en la organización del referéndum» de independencia de Cataluña.

Sobre la argumentación del Alto Tribunal, que aseguró que hubo un enriquecimiento personal, el recurso señala que Turull fue condenado por un delito de malversación de caudales públicos por la «contratación de diversos compromisos de gasto en relación con el referéndum, los cuales no se llegaron a materializar».

Aun así, insiste la defensa, sostener que quien se compromete a pagar con dinero público una serie de gastos necesarios para una consulta ciudadana está persiguiendo enriquecerse o, en otras palabras, «beneficiarse patrimonialmente a título personal, solo es posible con una interpretación totalmente forzada y extravagante».

«Nunca se apoderó de nada»

El recurso insiste en que «el Sr. Turull nunca se apoderó de nada», pues los compromisos de gasto que adquirió en nombre de la administración catalana no revirtieron en un incremento de su patrimonio personal ni recibió por aquello ninguna contrapartida.

Sobre el delito de perjuicio de los intereses financieros de la UE, el recurso recoge que si el TS consideró probado que los condenados sabían que lo que se ofrecía a la ciudadanía catalana no era sino el señuelo para una movilización que nunca desembocaría en la creación de un Estado soberano, «es absolutamente contradictorio sostener ahora que con los hechos por los que el Sr. Jordi Turull fue condenado pusieron en riesgo la integridad territorial e intereses económicos de la Unión Europea».

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