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Política

La AVT revisará caso a caso las rebajas de condenas de etarras para poder recurrirlas

Intentará buscar algún resquicio legal para atenuar los efectos de la reforma legal impulsada por Sánchez

La AVT revisará caso a caso las rebajas de condenas de etarras para poder recurrirlas

El etarra Francisco Javier Gaztelu alias 'Txapote'

La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) intentará buscar algún resquicio legal para poder rebajar los efectos de la reforma legal impulsada por Sánchez que permite a los presos etarras reducir sus penas. El Senado la aprobará este lunes y entrará en vigor en el momento en el que se publique en el Boletín Oficial del Estado. A partir de entonces, y a medida que los presos empiecen a acogerse a la norma, la AVT estudiará caso por caso para intentar recurrir las decisiones judiciales, según ha podido saber THE OBJECTIVE.

La guerra política provocada por el «error injustificado» del Partido Popular de votar a favor de esta norma -aunque no hubiera tenido ningún efecto votar en contra-, acusando al PSOE de haberle tendido una «trampa», dejará paso la semana que viene a la batalla judicial. Una vez que el Gobierno de Sánchez ha rechazado, como le pide el Partido Popular, retirar el proyecto de ley que modifica la ley orgánica sobre intercambio de información de antecedentes penales y consideración de resoluciones judiciales penales en la Unión Europea, el siguiente paso ya estará en manos de los abogados que defienden a las víctimas.

Cuando entre en vigor la norma, los presos etarras afectados empezarán a pedir que se les aplique. La AVT ha estimado que serán unos 40 etarras los que tienen las penas francesas cumplidas, «pero es verdad que cada caso es diferente. Hay algunos que tienen sus penas francesas cumplidas en España y ahí habrá que ver cómo le afecta la disposición adicional», aseguran a este periódico fuentes jurídicas expertas en terrorismo.

«Ahora hay que ver caso por caso y comprobar como les va a afectar. Una vez que entre en vigor ellos van a pedir que se aplique y ahí es donde habrá que ir analizando», insiste la misma fuente, a la vez que admite que «la disposición adicional era muy importante porque evitaba que acumularan las sentencias anteriores a 2010; una vez que quitas ese tapón habrá que ver lo qué se puede hacer».

Estas fuentes descartan que la AVT vaya a presentar un recurso sobre la ley: «No cabe. Es una ley que se ha tramitado y no vulnera la Constitución ni la directiva europea. No creo que haya mucho margen de maniobra. La única vía es que, teniendo en cuenta que la AVT está personada en cada uno de los procedimientos que se siguen en la Audiencia Nacional por terrorismo, nos encontraremos que pedirán de nuevo que se calculen sus fechas de licenciamiento de condenas. Se puede ver lo que han cumplido en Francia, y en ese momento se podrán impugnar esos licenciamientos».

La máxima beneficiada de esta reforma aprobada por el Gobierno de Sánchez para intentar conseguir los seis votos necesarios para poder sacar los presupuestos, si decide presentarlos en el Congreso de los Diputados, será Soledad Iparraguire ‘Anboto’, Esta etarra ha cumplido la pena integral de 10 años en Francia y llegó a España en 2019 para cumplir su condena integral de 30 años. Hay otros como ‘Txapote’ que termina de cumplir en España su condena francesa y «habrá que ver el cómputo que se hace, si acumuló la pena francesa. De diez años, cumplió seis en Francia y cuatro en España».

La AVT fue el primer colectivo que denunció públicamente en 2022 los efectos que tendría la derogación de la disposición adicional de esta norma, que introdujo el Gobierno de Rajoy para evitar precisamente que los etarras pudieran ver reducidas sus condenas. Tal era su preocupación que preguntaron, junto con otras asociaciones, al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, si tenía previsto derogar esta disposición en la reforma de una ley que ya por entonces le reclamaba Bildu.

En el correo electrónico enviado por la Dirección de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior se les aseguró que la reforma alcanzaba «solo a cuestiones que afectan al intercambio de información sobre antecedentes penales entre el Registro Central de Penados y las autoridades responsables de los registros nacionales de los Estados miembros. En consecuencia —zanjaba—, no existe ninguna iniciativa para modificar la regulación que se refiere a los efectos jurídicos de las resoluciones condenatorias dictadas en otros Estados de la Unión Europea». De este modo, el Ministerio situaba este cambio en la obligación de trasponer al ordenamiento jurídico español una directiva europea.  

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