El Gobierno no puede vetar las enmiendas a una ley si sigue sin presentar los Presupuestos
Un informe de los letrados del Senado, al que ha accedido TO, le recrimina que quiera hacerlo con cuentas «desfasadas»

La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, y el vicepresidente primero, Alfonso Gómez de Celis. | EP / Fernando Sánchez
El Gobierno no puede vetar enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios a proyectos de ley, alegando que perjudican a los Presupuestos si estos se encuentran prorrogados y no presenta los del próximo año. Así lo señalan los letrados del Senado en el informe, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, en el que dieron vía libre a tres enmiendas del PP, Junts y ERC a la ley de desperdicio alimentario. El Gobierno intentó vetarlas con la excusa de que afectaban al Presupuesto, pero finalmente fueron aprobadas por el Pleno de la Cámara Alta y eliminadas por la Mesa del Congreso sin ser votadas. Los letrados advierten de que solo podrían oponerse «cuando cumpla sus obligaciones respecto a la remisión a las Cortes Generales de unos Presupuestos Generales del año en curso».
La decisión del Gobierno de no presentar en las Cortes un presupuesto para 2025, ante la debilidad parlamentaria de Pedro Sánchez, y continuar prorrogando los de 2023 está teniendo consecuencias jurídicas en la actividad parlamentaria del Congreso y el Senado. El escándalo provocado por los socios de gobierno, al cercenar por primera vez en democracia la soberanía nacional del Congreso impidiéndole votar tres enmiendas del Senado, como marca el artículo 90 de la Constitución, ha derivado en un enfrentamiento de la presidenta del Congreso, Francina Armengol, del PSOE, con PP, Junts y ERC, los tres grupos a los que les tumbaron las enmiendas. Además, por primera vez, el letrado mayor Fernando Galindo, afín al Gobierno, advirtió de que no se podían eliminar enmiendas de un proyecto de ley sin ser sometidas antes a votación.
Los argumentos jurídicos de los letrados del Senado respaldan al PP, Junts y ERC al rechazar el veto del Gobierno presentado en la Mesa del Senado cuando este proyecto de ley se estaba tramitando en esta Cámara. Después se remitió al Congreso para su aprobación definitiva, con las enmiendas ya incorporadas por la mayoría absoluta del Senado. Un razonamiento jurídico que irritó a los representantes del PSOE en la Mesa del Senado y que ha llevado al Gobierno a responsabilizar al Senado de un veto que, a su juicio, no se podía ejecutar, aunque la ley le contradiga.
Este periódico ha accedido al informe de los letrados del Senado respondiendo al escrito de disconformidad del Gobierno a nueve enmiendas registradas en el Senado, entre ellas las tres que eliminaron posteriormente en el Congreso. Los juristas se basan en la «extensa jurisprudencia del Tribunal Constitucional» sobre la facultad del Gobierno en esta materia, así como «los poderes de las mesas a la hora de calificar la disconformidad del Gobierno».
La conclusión a la que llegan los letrados es clara, tras advertir de la situación «en la que nos encontramos, por segundo año consecutivo, de no aprobación de los Presupuestos Generales del Estado». En el informe subrayan que «es cierto que la facultad del Gobierno atribuida a los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del Reglamento del Congreso viene referenciada al presupuesto en vigor», y que el Presupuesto de 2023, aunque sea prorrogado, es el actual en vigor en 2025.
Sin embargo, también apunta que «la falta de remisión a las Cortes Generales de unos presupuestos generales del Estado, actualizados por parte del Gobierno, deslegitima la facultad de este para oponerse a la tramitación de las enmiendas y de iniciativas legislativas parlamentarias por su impacto presupuestario».
Los letrados del Senado van más allá y llegan a afirmar que «el juicio de disconformidad que el Gobierno manifiesta está desfasado, referenciado a cifras de 2023, lo que no debería servir para impedir la tramitación de enmiendas o de iniciativas parlamentarias presentadas en 2025». Ello supone, siempre según este informe, «vulnerar por dos veces una competencia de las Cortes Generales». En primer lugar, entiende que vulnera su competencia legislativa en materia presupuestaria porque «las Cortes se ven privadas y no pueden participar en la definición de las cuentas de 2025, porque no son traídas a la Cámara».
Cumplir sus obligaciones
En segundo lugar, porque «además de no poder tramitar unos nuevos presupuestos, el Gobierno se opone a enmiendas y proposiciones de ley tomando como referencia unos presupuestos desfasados». Ello supone «congelar la capacidad de enmienda y de iniciativa legislativa de las Cortés Generales sine die, hasta que haya unos nuevos presupuestos».
La conclusión final es que «el Gobierno solo podría tener esta facultad de oponerse cuando cumpla sus propias obligaciones respecto a la remisión a las Cortes Generales de unos presupuestos generales del Estado del año en curso». Y añade que «la potestad reconocida al Gobierno en el artículo 134.6 de la Constitución está unida al cumplimiento por este de su obligación de presentar anualmente unos presupuestos generales del Estado para su aprobación por las Cortes Generales». Por lo tanto, «cabe rechazar el ejercicio de esta facultad referenciado a un presupuesto desfasado que no recoge la anualidad en curso».