La Justicia archiva la denuncia por delito de odio de los Mossos contra el portavoz de Vox
La juez determina que José Antonio Fúster no buscaba incitar al odio cuando citó el nombre de detenidos extranjeros

El portavoz nacional de Vox, José Antonio Fúster, mostrando un listado de detenidos en Barcelona. | X
El juzgado de instrucción número 23 de Barcelona ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la denuncia de los Mossos d’Esquadra contra el portavoz nacional de Vox, José Antonio Fúster, por delito de odio. La policía catalana había acusado a Fúster por reproducir en rueda de prensa un atestado policial lleno de nombres extranjeros, preguntando retóricamente si alguien percibía «algún patrón». Tras declarar el acusado el pasado martes desde la sede del partido, y ratificarse de lo dicho por tratarse de «datos objetivos», la jueza ha concluido que no cabe aplicar el artículo 510.1 a) de Código Penal.
El fallo, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, desestima la denuncia de los Mossos, interpuesta a raíz de la rueda de prensa celebrada el 29 de julio de 2024 en la sede de Vox, Bambú 12. Desde ahí, Fúster denunció «los efectos desastrosos de la inmigración ilegal», en respuesta a quienes «nos dicen que no se puede relacionar inmigración y delincuencia», mostrando un atestado policial con los detenidos de una noche en Barcelona, la mayoría de ellos con nombres árabes, pero con los apellidos censurados. «¿Notan ustedes algún patrón», preguntó al finalizar su lectura.
Según la denuncia, dicha rueda de prensa fue publicada en YouTube «recibiendo numerosos comentarios a la misma relacionados todos ellos con la inmigración y la delincuencia». Pero la juez ha desestimado la acusación al entender que la intervención «no es susceptible de incardinarse en el tipo del artículo 510.1 a) del CP y ello porque no puede perderse de vista, primero que la publicación de la lista de los detenidos de la que trae causa la rueda de prensa no iba vinculada a ninguna expresión humillante hacia los nombres que allí se contenían; segundo porque de conformidad con el de lesividad antes indicado, solo tiene relevancia penal los discursos de odio más graves y extremos de incitación al odio».
La magistrada considera que el portavoz de Vox «se limitó a dar lectura a los nombres que figuraban en dicha lista de detenidos y lanzó la reflexión de si se veía un patrón, para acto seguido lanzar una crítica ácida, si se requiere considerar así, a la política migratoria del actual partido político en el poder». La juez señala también que el discurso de Fúster, «si bien carente de moderación, no estaba dotado de capacidad para generar consecuencias perturbadoras sobre un determinado colectivo». A lo anterior, añade que la rueda de prensa publicada en YouTube generó solo 2.300 visualizaciones, generando 31 comentarios, «sin que consten más de dos con sesgo discriminatorio de interés».
No hay delito
El fallo señala por último que «no existe llamamiento alguno explícito a la violencia, odio, discriminación u hostilidad hacia el colectivo formado por personas migradas»: «Las expresiones carecen de gravedad en orden a lesionar la dignidad del colectivo aludido y, por último el medio empleado, una rueda de prensa en la sede de un partido político con poca representación parlamentaria no es proclive a generar una respuesta inmediata de la ausencia, ni consta tampoco que el público destinatario fuera susceptible de mezclarse en actos de violencia, hostilidad o discriminación».
Para que haya delito de odio, la sentencia del Tribunal Supremo de 18 de enero de 2017 consigna que «además de la difusión de ideas es necesario que ello implique una provocación al odio de alguno de os grupos protegidos por representar para el mismo un peligro cierto de generar un clima de violencia y hostilidad que pueda concretarse en casos de violencia, odio o discriminación», lo que no ha sucedido en este caso.
Buscan «amedrentar»
Se pone fin así al recorrido de una denuncia que fue descubierta por THE OBJECTIVE. Fúster, en conversación con este medio, expresó en todo momento su incredulidad y aseguró que los denunciantes buscaban «amedrentar» a los miembros de Vox. «No es posible que sea delito de odio; esta denuncia es una forma que tienen los mandos de los Mossos d’Esquadra de amedrentarnos, y de estigmatizar a Vox como un partido que se dedica a esparcir odio, pero no creo que esto tenga otro final posible que el sobreseimiento», dijo la semana pasada en declaraciones al arriba firmante.
Vox defiende que el delito de odio debería suprimirse del Código Penal (artículo 510). En su última entrevista concedida a THE OBJECTIVE, Santiago Abascal denunció que «el delito de odio solo es un intento de la izquierda por amordazar determinados discursos que pretenden defender los intereses nacionales y la seguridad de la gente», y recalcó que «cuando decimos que hay una relación entre inmigración ilegal y delincuencia estamos hablando de una realidad que está en los propios datos del Ministerio de Interior, en los propios datos de la población carcelaria».