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Política

El Gobierno ordena el regreso del buque Furor tras el fin de las flotillas que iban a Gaza

Su llegada al arsenal de Cartagena se espera «en torno al fin de semana» después de un papel secundario en la crisis

El Gobierno ordena el regreso del buque Furor tras el fin de las flotillas que iban a Gaza

El buque de acción marítima Furor durante unos ejercicios navales. | Armada

Sin pena ni gloria. El buque de acción marítima Furor ha iniciado su regreso a España y se espera su llegada al arsenal militar de Cartagena «en torno al fin de semana», según fuentes castrenses consultadas por THE OBJECTIVE. El Gobierno ha ordenado su repliegue después de que Israel interceptase en aguas internacionales la segunda flotilla de embarcaciones que se dirigían a la Franja de Gaza.

El Furor vuelve a Cartagena, por tanto, tras haber tenido un papel secundario en la crisis de las flotillas. No ejerció ninguna presión disuasoria, ya que se quedó fuera de la zona de exclusión establecida por el Gobierno israelí de Benjamin Netanyahu, y se limitó a colocarse a una distancia prudencial de los barcos de la flotilla por si había que efectuar algún rescate en alta mar en caso de hundimiento de alguna embarcación.

Moncloa anunció en la noche del 30 de septiembre que el Furor, al que denominó «buque de salvamento marítimo» cuando no tiene esa función dentro de la Armada, ya que se encontraba «en un radio operativo para realizar operaciones de rescate si fuesen necesarias», y que el barco militar no podría entrar «en la zona de exclusión establecida por el Ejército israelí, ya que hacerlo pondría en riesgo la integridad física de su tripulación y de la propia flotilla», algo que THE OBJECTIVE había adelantado 48 horas antes al desvelar las reglas de enfrentamiento que había recibido de Madrid y donde solo se contemplaba su «autoprotección» ante un hipotético ataque.

El Gobierno llegó a recomendar «encarecidamente» a la flotilla que, en aquellas circunstancias, no se adentrase en la zona de exclusión, porque de hacerlo «pondría en riesgo severo su propia seguridad» y aunque la misión de la flotilla era «encomiable y legítima», al final las vidas de sus integrantes tenían «que estar por encima». Al final, la Marina israelí abordó las embarcaciones a 150 millas (92 kilómetros) de las costas gazatíes sin haber entrado en dicha zona de exclusión… y sin que el Furor hiciese algo por evitarlo.

Y es que las reglas de enfrentamiento que recibió el comandante del Furor no contemplaban en ningún caso el enfrentamiento armado o siquiera la disuasión mediante la disposición de su armamento de forma ostensible frente a un potencial agresor de la flotilla. Es decir, bajo ningún concepto se recurriría a los distintos cañones o ametralladoras del buque para proteger a los barcos de la Global Sumud Flotilla. Ni en los casos más extremos en los que, hipotéticamente, Israel hubiera decidido hundir, ametrallar o bombardear alguna de las embarcaciones.

Defensa tampoco autorizó al buque entrar en las 12 millas náuticas de distancia de la costa de Gaza que se extienden en los 40 kilómetros de litoral de Gaza con el Mediterráneo, actualmente controlada por la marina israelí. La navegación en esa zona está terminantemente prohibida a cualquier embarcación que no sea del Ejército hebreo, que lo considera un «área de guerra activa». 

Tan solo hubo un escenario, que las fuentes militares tildaron de «absolutamente improbable», en el que el Furor estaba autorizado a abrir fuego con su armamento: «La autodefensa está siempre permitida», subrayaron las citadas fuentes. Es decir, en caso de que Israel atacase abiertamente al buque, este podría responder. Pero incluso así, hubiera tenido que solicitar permiso al Estado Mayor de la Defensa (EMAD), que ha estado al mando de esta misión desde Madrid.

Tras la primera interceptación de barcos de la flotilla y casi medio millar de detenidos, 49 de nacionalidad española, el Gobierno les ofreció regresar en el Furor mediante el embarque en el puerto israelí al que habían sido llevados. Sin embargo, la delegación española en la flotilla comunicó al Ministerio de Asuntos Exteriores su preferencia por volver a casa «en avión» tras un mes navegando el Mediterráneo de punta a punta. Además, con el segundo grupo de deportados, la solución fue enviar un A-400M del Ejército del Aire a Atenas para traerles de vuelta, aunque los diputados de la CUP y el grupo de apoyo vasco en el que había dos condenados por pertenencia a ETA decidieron regresar a Barcelona y Bilbao, respectivamente, en vuelos regulares.

La dudas jurídicas de la misión

El hecho de recurrir a un Airbus militar para ayudar a los miembros de la flotilla a volver a España reavivó la polémica sobre las dudas jurídicas que surgieron en el seno de la Armada con la partida del Furor, ya que algunos oficiales consultados por THE OBJECTIVE consideraron que su despliegue marítimo no tenía cabida en las misiones que la ley de la Defensa Nacional asigna a las Fuerzas Armadas y que, en último extremo, se debía haber requerido formalmente autorización al Congreso de los Diputados.

Las fuentes militares recordaron que la Comisión Europea había declarado que no apoyaba las flotillas de ayuda a Gaza y que la Agencia Europea Frontex tampoco ofreció cobertura a las embarcaciones. Por lo tanto, la flotilla no constituía «una organización formalmente creada, ni mucho menos bajo auspicio o protección de organismos internacionales». Se trataría, a juicio de un militar jurídico, «de una iniciativa particular, de entidades privadas, con un fin político concreto, no asumido ni por las instituciones internacionales ni por la generalidad de las sociedades».

En cuanto al marco jurídico internacional, existían dos «debilidades» a la hora de dar protección a la flotilla. En primer lugar, la obligación de comunicar a las diferentes autoridades su plan de navegación, un hecho que nunca se supo si el grupo de barcos, o al menos las embarcaciones bajo pabellón español, habían comunicado a las autoridades marítimas nacionales e internacionales.

Además, en las imágenes que se tomaron, los barcos españoles no enarbolaron la enseña nacional, lo que podía conllevar consecuencias como la pérdida de jurisdicción, así como de reconocimiento y protección, y problemas a la hora de entrar en puertos extranjeros. En opinión de una de las fuentes consultadas, estas dos circunstancias desvinculaban a los barcos españoles integrados en la flotilla de las autoridades marítimas nacionales, «lo que dificulta, si no impide, el apoyo».

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