La Junta Electoral vuelve a amonestar a Sánchez por hacer partidismo desde Moncloa
En julio del año pasado, la JEC multó a Sánchez con 2.200 euros por infringir el deber de neutralidad

Pedro Sánchez. | J.J. Guillén (EFE)
La Junta Electoral Central (JEC) ha decidido por «unanimidad» abrir expediente al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por la rueda de prensa que dio este lunes desde la Moncloa, según han confirmado fuentes del PP a THE OBJECTIVE. Los populares habían presentado una denuncia ante la entidad contra el presidente por haber hecho el balance del año en la recta final de la campaña por las elecciones en Extremadura.
No es la primera vez que la Junta Electoral expedienta al presidente del Gobierno. En julio del año pasado, la JEC multó a Sánchez con 2.200 euros por infringir el deber de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral durante la rueda de prensa ofrecida el 30 de junio de 2023, tras la celebración de la reunión del Consejo de la Unión Europea, en la que ensalzó los logros de su Gobierno y desacreditó a los adversarios políticos.
Ahora, la JEC considera que en la rueda de prensa del pasado 15 de diciembre, Sánchez «difundió mensajes políticos partidistas, incumpliendo los principios de objetividad, transparencia e igualdad entre los actores electorales que consagra la legislación electoral y la doctrina de la Junta Electoral Central».
Así, las manifestaciones realizadas en dicho acto vulneran lo establecido en el artículo 50.2 de la LOREG, por lo que la JEC también solicita «la retirada de la publicación de toda web oficial de cualquier contenido relacionado con los hechos denunciados, particularmente su difusión desde la página web de la Moncloa».
«Cabe apreciar que estas manifestaciones podrían incurrir en la prohibición establecida en el referido precepto en la medida en que el presidente del Gobierno no se limitó a comunicar extremos relativos a la rendición de cuentas prevista para el acto convocado, sino que realizó también una serie de apreciaciones críticas de la actuación de los líderes destacados de otros partidos políticos, así como de la política seguida por las comunidades autónomas gobernadas por los partidos de la oposición», concluye la JEC.
Así las cosas, la JEC acuerda incoar un expediente sancionador al presidente, a la vez que le insta a que, durante el resto del periodo electoral, «se abstenga de realizar actuaciones como la examinada que puedan suponer la vulneración del deber de neutralidad exigido a las autoridades públicas durante el periodo electoral».
El acuerdo del máximo organismo arbitral es firme en vía administrativa, si bien Sánchez puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses desde su notificación.
