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Política

La 'ley LGTBI' catalana fija cláusulas trans como requisito para acceder a contratos públicos

El Parlament aprueba una reforma de la ley que también condiciona las becas y ayudas públicas a la «perspectiva LGTBI»

La ‘ley LGTBI’ catalana fija cláusulas trans como requisito para acceder a contratos públicos

El president de la Generalitat, Salvador Illa, durante una sesión de control al Govern, en el Parlament. | David Zorrakino (EP)

El Parlamento catalán ha aprobado este miércoles una proposición de reforma de la ley 11/2014 relativa a garantizar los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia, con los votos del PSC, Junts, ERC, Comuns y la CUP. El nuevo texto, según ha podido comprobar THE OBJECTIVE, establece que las administraciones públicas incluyan «cláusulas sociales en las bases de los contratos que licitan, por medio de sus órganos de contratación, con el objetivo de promover la igualdad de trato y de oportunidades para las personas LGBTI en el ámbito laboral».

El texto inicial de la ley de 2014 contemplaba que las empresas tuvieran planes y protocolos de igualdad para garantizar la no discriminación. Y también se estipulaba que la Inspección del Trabajo pudiera velar por la igualdad de estos colectivos. La reforma aprobada va más allá y lo incorpora como un requisito en las bases de contratación, de tal modo que exige a las empresas que liciten para contratos públicos que cuenten con este tipo de «cláusulas», aunque no se especifica ni concreta su contenido.

Fuentes jurídicas consultadas por THE OBJECTIVE se han mostrado sorprendidas por esta inclusión, ya que la ley ya contempla que la identidad sexual esté protegida dentro del derecho a la intimidad. Alertan que son conceptos indeterminados que, además de complicar los requisitos para concurrir a los concursos públicos, pueden crear inseguridad jurídica y discriminación, al no saberse exactamente en qué consisten los criterios aplicables.

Las mismas fuentes señalan que la proposición de reforma de la ley aprobada esta semana por la Cámara autonómica está repleta de conceptos abstractos y de difícil interpretación que imposibilitan su aplicación con criterios objetivos a las empresas licitantes. Crean de esta forma un terreno de confusión e inseguridad jurídica que en la práctica puede vulnerar el principio de igualdad de oportunidades dando lugar a la arbitrariedad.

«Perspectiva LGTBI» en las becas

Otra novedad de la ley se halla en el artículo 30, relativo a las ayudas públicas. «Las bases reguladoras de subvenciones, becas y cualquier otro tipo de ayuda pública que convoquen las administraciones públicas o cualquier organismo o entidad del sector público deben incorporar la perspectiva LGBTI», esgrimen.

Su punto 2 recoge que las administraciones públicas y todos los organismos y entidades del sector público deben «establecer mecanismos de evaluación y seguimiento que aseguren el cumplimiento efectivo de las medidas valoradas en la oferta de subvenciones, becas y cualquier otro tipo de ayuda pública».

Multas de hasta 500.000 euros

También se amplía el régimen sancionador y se elevan los supuestos que definen las infracciones, tipificadas según la gravedad y con multas de entre 300 y 500.000 euros. En el nuevo texto, que no recogía el texto original, se incluye a las «personas intersexuales» para que las infracciones se equiparen también a este colectivo.

En la misma línea, se establece el deber de las administraciones públicas de crear espacios de memoria democrática del movimiento LGTBI para «poner fin a su invisibilización». PP, Vox y Aliança Catalana se han desmarcado y han votado en contra de esta proposición de ley.

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