La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado al juez del caso Neurona abrir dos piezas separadas relativas al presunto uso como niñera de una asesora de la ministra de Igualdad, Irene Montero, y a las donaciones del partido a la Fundación 25M, que el magistrado instructor había derivado a otros órganos.
En un auto al que ha tenido acceso Efe, la Sección 30 de la Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente un recurso interpuesto por Vox contra el auto del 3 de marzo de 2021 en el que el titular del Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid decidió abrir tres nuevos procedimientos sobre el partido que se derivaron a reparto y que recayeron en tres juzgados diferentes, todo ello tras recibir una ampliación de denuncia por parte de la exabogada de Podemos Mónica Carmona.
Uno de estos procedimientos se refería al presunto pago con fondos del partido a una asesora de Irene Montero que habría efectuado labores de niñera con la hija de la ahora ministra, según la denuncia; otro a la posibilidad de que el entonces secretario general de Podemos, Pablo Iglesias, se quedara con las costas de un juicio, y el tercero a las donaciones efectuadas Podemos al proyecto Escuela Popular Paulo Freire a través del Instituto 25M y al propio Instituto.
Las dos últimas causas fueron archivadas hace meses por los juzgados en los que recayeron y la primera sigue su curso en el Juzgado de Instrucción número 46 de Madrid. Pero ahora la Audiencia de Madrid estima parcialmente el recurso que interpuso Vox solicitando la apertura de piezas separadas para esos procedimientos, y ordena al juez que las abra sobre el supuesto caso de la niñera y sobre las donaciones al Instituto 25M, rechazando en cambio que haga lo mismo con el caso de Pablo Iglesias.
«En esta tesitura y con el fin de evitar mayores dilaciones en el presente procedimiento incoado en junio de 2020 pese a que su trámite sea de urgencia (…) este tribunal considera más ajustado la apertura de las correspondientes piezas separadas de investigación para determinar, primero, si cada hecho en sí es constitutivo de infracción penal para, segundo, su posible conexidad delictiva con los aquí investigados y con ello acordar el instructor lo que proceda en su caso», argumenta la Sala sobre la conveniencia de abrir esas dos piezas separadas.
Por el contrario la Sección entiende que no procede abrir pieza separada sobre la investigación referida a Pablo Iglesias debido «a falta de datos» que confirmen que el exlider de Podemos cobró el dinero de las costas de un proceso celebrado en Pamplona, ni que conste «que tuviera obligación de reintegrarlo bien a dichos profesionales (procuradores) bien al partido».
En el mismo auto, fechado el pasado 29 de octubre, la Sala rechaza la pretensión de Vox y de Podemos de dejar sin efecto el auto del juez instructor porque no pudieron recurrir ante el propio juzgado, ya que entiende que sí pudieron hacerlo y de hecho se les contesta en virtud de un recurso en el órgano superior.
También rechaza el recurso de Podemos en su pretensión de expulsar del procedimiento el escrito de Mónica Carmona por el que amplió su denuncia inicial, porque entiende la Sala que el juez «está obligado a ordenar las actuaciones de investigación conducentes a comprobar si concurren indicios de criminalidad en los hechos denunciados y sobre la persona o personas objeto del mismo».
Al aceptar, como pide Podemos, que no se abra una pieza separada para investigar si Pablo Iglesias se quedó con las costas judiciales de un proceso, la Sección 30 de la Audiencia aprovecha para dejar claro «lo discutible que resulta la posibilidad de recurrir la decisión del juez» en este punto, cuando Podemos sería perjudicado en ese proceso y en cambio en el caso Neurona es investigado por un presunto delito electoral.