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El Supremo absuelve a un exdirector de la RTVV acusado de prevaricación y malversación

José López Jaraba ya fue absuelto hace dos años por la Audiencia Provincial de Valencia de cualquier responsabilidad por los contratos con una productora

El Supremo absuelve a un exdirector de la RTVV acusado de prevaricación y malversación

José López Jaraba durante el juicio. | EFE

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por la Generalitat Valenciana y la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia que absolvió a José López Jaraba, director general del ente público Radiotelevisión valenciana (RTVV) entre 2009 y 2012, de los delitos de prevaricación, malversación, falsedad y administración desleal en relación con unos contratos con la productora Alba Adriática.

La Audiencia de Valencia ya absolvió a Jaraba el 30 de julio de 2020 al considerar que no estaba acreditado ningún tipo de acuerdo entre el acusado y el representante legal de la productora, propiedad del empresario José Luis Moreno, para beneficiar a esta empresa. Tampoco quedó demostrado que el exdirectivo firmara el contrato para perjudicar a RTVV ni que los derechos de emisión de los capítulos contratados estuvieran sobrevalorados.

La Sala Penal del Tribunal Supremo rechaza los dos recursos presentados al considerar, entre otros argumentos, que la Audiencia Provincial ha ofrecido una fundada respuesta a la pretensión condenatoria formulada por la acusación, «aunque contraria a sus intereses», sin que se advierta una errónea valoración de las pruebas. Entonces, la Fiscalía no presentó cargos contra Jaraba y rechazó los presentados por las otras acusaciones.

Recurso al Supremo

El auto, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, señala que no cabe tildar de arbitraria o simulada la argumentación esgrimido por la Audiencia Provincial, aunque sean apreciaciones totalmente divergentes con las de la acusación, ya que son fruto de la inmediación del tribunal, que no pueden ser modificadas a través del recurso de casación de una sentencia absolutoria y que cumplen el canon mínimo exigible conforme a la jurisprudencia.

Jaraba afirmó durante el juicio, que se celebró en verano de 2020, que no era él quien se encargaba directamente de contratar los programas, sino que seguía las recomendaciones de un grupo de expertos «riguroso y exigente» en sus criterios. El exdirectivo aseguró que no conocía a Moreno antes de la contratación y que tampoco recibió ninguna recomendación a su favor.

El contrato sometido a juicio se gestó en 2007. Dos años más tarde, cuando Jaraba accedió al cargo, le pareció que no había sido cumplido regularmente, por lo que llegó a un acuerdo para que Moreno ofreciera un nuevo programa que supusiera una compensación para el ente público.

Las acusaciones defendían que el pago de 1,8 millones de euros a la productora por la coproducción de la serie Planta 25 y la firma de un contrato en 2010 con la misma empresa sobre cesión de derechos de emisión de un nuevo programa constituían delitos que debían ser castigados con penas de cárcel. Pedían para Jaraba siete años de prisión y una responsabilidad civil de 1,4 millones de euros.

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