La Justicia europea resolverá en enero las euroórdenes para extraditar a Puigdemont
De la resolución del TJUE puede depender el futuro judicial del expresidente catalán y de los exconsellers huidos de la justicia española
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolverá el próximo 31 de enero la cuestión prejudicial que elevó el juez del Supremo Pablo Llarena sobre el alcance de las euroórdenes, una decisión clave para una eventual extradición del expresident Carles Puigdemont a España.
En una notificación, a la que ha tenido acceso Efe, el secretario del TJUE ha convocado a las partes a una audiencia pública el 31 de enero a las 9.30 horas, para la lectura de la sentencia.
De la resolución del TJUE puede depender el futuro judicial del expresidente catalán y de los exconsellers huidos de la justicia española, dado que despejará las dudas sobre la competencia del Tribunal Supremo para emitir euroórdenes y las condiciones en que estas pueden ser rechazadas por otros países.
Llarena planteó las cuestiones prejudiciales sobre las eurórdenes en 2021, después de que la justicia belga denegó la entrega a España del exconseller de Cultura Lluís Puig, al considerar que era el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y no el TS quien debía emitir la euroorden y que si lo extraditaba se violarían sus derechos fundamentales.
Una vez tenga respuesta del TJUE, el magistrado del Supremo decidirá si mantiene, retira o emite nuevas euroórdenes respecto a Puigdemont y los exconsellers Puig, Antoni Comín y Clara Ponsatí y por qué delitos, teniendo en cuenta las reformas del Código Penal que se están tramitando en el Congreso.
La sentencia, de hecho, puede coincidir con la entrada en vigor de las reformas penales impulsadas por el Gobierno para derogar el delito de sedición y convertirlo en desórdenes públicos y rebajar las penas por malversación en los casos en que el fin del desvío de dinero público no sea el lucro personal o de terceros.
Ante la cuestión prejudicial planteada por Llarena, el Abogado General de la Unión Europea, cuya opinión no es vinculante pero suele coincidir con la de las sentencia del TJUE, ya mantuvo que Bélgica no puede cuestionar la competencia del Supremo para emitir las euroórdenes ni puede denegar la extradición por posible vulneración de derechos fundamentales sin demostrar la existencia de «deficiencias sistémicas» respecto al Estado de Derecho.
El Tribunal de Apelación de Bruselas denegó la entrega de Puig basándose en el informe del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria, que aseguraba que se violaron los derechos fundamentales de los políticos condenados por el referéndum del 1 de octubre, porque la causa la asumió el TS y no el TSJC, pese a que los hechos ocurrieron en Cataluña.
Sin embargo, el Abogado General mantiene que un país no puede denegar una extradición ante una supuesta vulneración de derechos sin «datos que permitan demostrar, mediante una apreciación global basada en datos objetivos, fiables, precisos y debidamente actualizados, la existencia de un riesgo real de vulneración del derecho fundamental a un proceso equitativo ante un juez establecido previamente por la ley».
En paralelo a las cuestiones prejudiciales, el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) tiene pendiente resolver sobre el recurso que Puigdemont y los exconsellers y eurodiputados de JxCat Toni Comín y Clara Ponsatí presentaron contra la decisión del Parlamento Europeo de retirarles la inmunidad, después de que el Tribunal Supremo solicitara el suplicatorio para poder extraditarlos y juzgarlos en España.