La Justicia revoca el tercer grado otorgado por el Gobierno vasco al etarra que mató a Buesa
La juez de vigilancia penitenciaria María Reyes Jimeno admite el recurso que interpuso la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la excarcelación del terrorista
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha revocado por «prematuro» el régimen de tercer grado o semilibertad que le concedió en octubre el Gobierno Vasco al etarra Asier Carrera, por lo que solo podrá disfrutar del régimen de flexibilidad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para salidas en un programa de voluntariado.
Asier Carrera Arenzana fue condenado, entre otros atentados, por accionar el mando a distancia del coche bomba que en 2000 mató al dirigente socialista Fernando Buesa y a su escolta, el ertzaina Jorge Díaz. En 2021 se produjo su traslado a la cárcel de Álava.
En un auto, fechado el 7 de febrero y al que ha tenido acceso EFE, la juez de vigilancia penitenciaria María Reyes Jimeno admite el recurso que interpuso la Fiscalía de la Audiencia Nacional contra la excarcelación de este etarra tras haber rechazado la cuestión previa que le planteó el fiscal de suspender la excarcelación mientras se resolvía el recurso.
La juez ha decidido esperar a resolver el fondo de la cuestión, al tratarse de una resolución de la Administración Penitenciaria (del Gobierno Vasco) y porque habiéndose producido la excarcelación «hace cuatro meses», «sin que conste comunicada incidencia alguna negativa», no se pueden ya evitar «los efectos que se pretenden con la suspensión», además de que la decisión contraria hubiera perjudicado al preso de haberse ratificado la semilibertad.
Finalmente, tras analizar si cumplía los requisitos para ello, la juez ha considerado «prematura la progresión a tercer grado», ya que ante, «cuando proceda», debe disfrutar «de permisos de salida como paso previo al acceso a un régimen de semilibertad, así como consolidar la evolución positiva que viene observando el penado, que deberá continuar en segundo grado con aplicación del régimen de flexibilidad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario».
La valoración positiva «en su posicionamiento frente a sus delitos y en relación a las víctimas de los mismos, a los que menciona nominativamente», tampoco es suficiente para la juez para acordar «la progresión de grado propuesta y adoptada por la Consejería de Justicia» del Gobierno vasco.
Para llegar a esa conclusión ha tenido en cuenta la gravedad de los hechos por los que ha sido condenado, «especialmente violentos», la pertenencia a una organización terrorista y la «alarma social creada», así como que acumula condenas por diversos delitos de terrorismo, entre ellos tres asesinatos -dos de ellos el de Buesa y el ertzaina-, cuya fecha de cumplimiento se prolonga hasta 2030.
A su favor ha valorado que el pronóstico de reincidencia es bajo según la Junta de Tratamiento, que cuenta con apoyo familiar, posibilidades de empleo y existencia de oferta laboral contrastada, ausencia de adicciones, motivación actual favorable al cambio y que se encuentra abonando la responsabilidad civil.
También que ha presentado escritos de arrepentimiento que cree «deben ser valorados positivamente y revelan pasos importantes en su evolución».
Para oponerse a la semilibertad, la Fiscalía alegó que aún no ha extinguido las tres cuartas partes de su condena, que no cumplirá hasta el próximo mes de mayo, y que se presenta «lejana» la fecha de cumplimiento defintivo, prevista para noviembre de 2030, por lo que le quedan más de 7 años de cumplimiento.
A esto añadía que tampoco ha disfrutado aún de «permisos ordinarios de salida como paso previo al acceso al tercer grado y tiene aplicado el régimen de flexibilidad del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario para la realización de programa específico de voluntariado de ayuda social a jóvenes inmigrantes».
En cuanto a la responsabilidad civil, el fiscal indicaba que si bien la está abonando lo pagado por el momento es muy escaso. Constan abonados 720 euros de un total de 713.207,17 euros.