El Supremo estudia mantener la orden de detención contra Puigdemont pese a la amnistía
Fuentes jurídicas creen que la Junta de Fiscales de Sala estará «dividida» sobre si amnistiar la malversación
El Tribunal Supremo estudia una vía por la que no se levantaría la orden de detención que pesa sobre el expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, según explican fuentes judiciales a THE OBJECTIVE. Las mismas fuentes consideran que el Alto Tribunal podría considerar que el delito de malversación de fondos públicos no es amnistiable, como sostienen los cuatro fiscales del 1-O, y mantener así la orden de detención. Esto quiere decir que si Puigdemont pisa suelo español, será detenido y puesto a disposición judicial para que declare en el Supremo. Tras ser interrogado, el juez Pablo Llarena –instructor del procés– tendría que decidir si enviarle a prisión provisional o dejarle en libertad a la espera de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre la cuestión prejudicial planteada en relación con la Ley de Amnistía aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez.
El pasado martes, Llarena dictó una providencia por la que dio un plazo de cinco días a las partes para que informen sobre la aplicabilidad o inaplicabilidad de la Ley de Amnistía a los distintos hechos que se atribuyen a los encausados Carles Puigdemont, Antoni Comín, Lluis Puig y Marta Rovira, y sobre la pertinencia de mantener o modificar las medidas cautelares acordadas contra ellos. Los fiscales del 1-O, Fidel Cadena, Jaime Moreno, Consuelo Madrigal y Javier Zaragoza, han trasladado en su informe que solo cabe amnistiar la desobediencia y los desórdenes públicos, pero no la malversación.
Postura de los fiscales del 1-O
En un extenso escrito, los cuatro fiscales del Supremo han argumentado en su informe que la Ley de Amnistía no debe aplicarse al delito de malversación cuando este implique un enriquecimiento personal o un beneficio patrimonial con ánimo de lucro. En su opinión, estas condiciones están presentes en los hechos del caso. Aunque los fiscales aceptan que la amnistía podría considerarse para la malversación pasiva —cuando se permite que otra persona sustraiga fondos públicos—, rechazan su aplicación en situaciones donde los fondos públicos son directamente sustraídos y utilizados para fines personales, lo cual ha sido reiteradamente prohibido por el Tribunal Constitucional.
Además, los fiscales señalan que la Ley de Amnistía excluye de su aplicación aquellos delitos que afectan los intereses financieros de la Unión Europea, citando la directiva 2017/1271 del 5 de julio de 2017. Esta directiva establece que no se pueden amnistiar delitos como la malversación, el blanqueo de capitales y el cohecho, tanto activo como pasivo, cuando afectan a los intereses de la UE. La directiva, según los fiscales, define la malversación como la apropiación de fondos públicos, su compromiso o desembolso, y su uso contrario a los fines previstos, perjudicando los intereses financieros de la UE.
El Supremo: «Existió ánimo de lucro»
Los cuatro fiscales de la causa del procés en el Supremo ya han transmitido este criterio a su superior, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Este les ha ordenado que amnistíen la malversación. Un extremo que se debatirá el próximo martes en la Junta de Fiscales de Sala, máximo órgano consultivo del tribunal. Fuentes judiciales consultadas explican que la Junta estará «dividida» y, como esta decisión no es vinculante, el fiscal general encargará, previsiblemente, a uno de sus fiscales de confianza que informe a favor de aplicar la amnistía.
La postura de los fiscales del 1-O (Zaragoza, Madrigal, Cadena y Moreno) está en línea con la del Supremo, que al revisar el caso del procés tras la reforma del Código Penal, reafirmó que el ánimo de lucro estaba presente en las acciones de los condenados, subrayando que «nunca podrá entenderse» que actuaron sin dicho ánimo. Por ello, las mismas fuentes aseguran que los magistrados serán coherentes con la postura adoptada hasta el momento y mantendrán, previsiblemente, que existió ánimo de lucro y, por tanto, no es amnistiable.
Pero, aunque la orden de detención siga activa y Puigdemont sea detenido para acudir a declarar, lo que sí es poco probable es que sea enviado a prisión provisional, teniendo en cuenta de que el TJUE –y luego el Tribunal Constitucional– deben pronunciarse sobre la legalidad de la Ley de la Amnistía.
Puigdemont dice que volverá
Junts per Catalunya asegura por activa y por pasiva que Carles Puigdemont volverá a España. Si cumple su promesa electoral de asistir al pleno de investidura, previsto para el 25 de junio, y a tenor de la decisión del juez instructor Pablo Llarena de mantener la orden nacional de detención que pesa sobre él, les queda la duda sobre qué pasará después de que Puigdemont preste declaración ante la justicia.
En el partido daban por garantizado que, con la entrada en vigor de la Ley de Amnistía, decaerían las medidas cautelares. Las fuentes del partido consultadas por este periódico creen que se puede dar un caso parecido al de Clara Ponsatí, que fue puesta en libertad provisional pese a negarse a declarar. Sin embargo, Ponsatí estaba procesada por un delito de desobediencia, que no comporta penas de cárcel. En el entorno de Puigdemont también creen que debería aplicarse el principio in dubio pro reo -es cuando hay dudas, actuar en favor del reo- porque «Puigdemont no ha sido juzgado y, en consecuencia, no tiene ninguna condena», explican.
Ola de solicitudes
La entrada en vigor de la Ley de Amnistía desencadenó una oleada de solicitudes para acogerse a ella. Puigdemont, en cambio, renunció a hacerlo al entender que los tribunales debían actuar de oficio. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) fue el primer órgano en mover ficha al demandar a las partes que se pronuncien. Un mecanismo que también ha activado el Tribunal Supremo en el caso de los condenados.
Puigdemont no pudo volver a Cataluña para el funeral de su madre a finales de abril, ante el riesgo de ser detenido. El expresidente confió en que esa amenaza desapareciera tras la entrada en vigor de la amnistía. El dirigente independentista mantiene dos causas en el Supremo, una por el procés por los delitos de malversación y desórdenes públicos agravados (sedición antes de que el Gobierno reformara el Código Penal) y otra como investigado por terrorismo en el caso Tsunami, por el que está citado a declarar la próxima semana.