THE OBJECTIVE
Tribunales

El Supremo archiva la causa de terrorismo contra Puigdemont en 'Tsunami'

El alto tribunal sigue la línea marcada por la Audiencia Nacional, que también ha cerrado el caso

El Supremo archiva la causa de terrorismo contra Puigdemont en ‘Tsunami’

El expresidente catalán, Carles Puigdemont. | Glòria Sánchez (Europa Press)

El Tribunal Supremo da carpetazo al caso Tsunami. La magistrada de la Sala de lo Penal Susana Polo ha acordado este martes el sobreseimiento provisional y archivo de la causa en la que se investigaba a los aforados Carles Puigdemont y Rubén Wagensberg por un presunto delito de terrorismo. El alto tribunal sigue la línea de Manuel García-Castellón, que este lunes decidió archivar el caso para los otros 10 imputados. Lo hizo después de que la Audiencia Nacional decidiera anular las pesquisas acordadas desde el 29 de julio de 2021.

En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, la juez explica que toma esta decisión tras la resolución de la Audiencia Nacional. Esta declaró ayer inválidas las diligencias acordadas por García-Castellón en los últimos tres años por haber dictado fuera de plazo la prórroga de la causa. Ese pronunciamiento de la Sala originó que el juez instructor archivara posteriormente el procedimiento respecto a las 10 personas investigadas en la Audiencia Nacional y abría la puerta a tomar la misma decisión respecto a Puigdemont.

Polo señala que antes del 29 de julio de 2021, que es el límite temporal para haber realizado diligencias de investigación, «no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación de los investigados en los hechos que se le imputa». Así se desprende, insiste, del auto de archivo dictado por García-Castellón en el que consta que no se había acordado ni tomado declaración a ninguno de los investigados (tampoco ha tenido lugar la de los aforados en la presente causa) lo que impide que las actuaciones puedan continuar por los trámites del procedimiento abreviado».

El papel de Puigdemont

García-Castellón acordó remitir su resolución a la Sala de lo Penal del Supremo «para su unión y demás efectos que procedan en su procedimiento de causa especial». El caso llegó al alto tribunal después de que el magistrado solicitara en noviembre que este investigará por terrorismo a Puigdemont y a Wagensberg, ambos aforados. Así lo decidió por unanimidad en febrero la Sala Segunda, la misma que ha anulado este martes las pesquisas de Tsunami.

Los magistrados del Supremo no albergaron entonces dudas de que los hechos que se imputan a Tsunami se incardinan en el delito de terrorismo. En su resolución incluían una decena de sentencias de terrorismo callejero que consolida su doctrina sobre este delito. Insistían además que, con el actual Código Penal, dicho delito no se circunscribe a las acciones de ETA o de la Yihad. La investigación de la causa se centra en los hechos ocurridos el 14 de octubre de 2019 en el aeropuerto del Prat de Barcelona.

La plataforma organizó una protesta para responder a la sentencia del procés, emitida ese mismo día. El fallo condenó por sedición y malversación agravada a varios miembros del Govern, «trasladando a la opinión pública internacional la injusticia palmaria de la resolución y organizando actos violentos para evitar su cumplimiento». Miles de personas se concentraron entonces en el aeropuerto, con lo que «se perturbó el servicio de aviación internacional y los servicios de aeropuerto y el tráfico aéreo».

El instructor de Tsunami defiende que la protesta impidió el acceso de usuarios y tripulación y aisló la torre de control del aeropuerto, donde se quiso obligar a permanecer a los controladores con la idea de provocar la paralización del aeropuerto y la suspensión masiva de vuelos «en una situación de absoluto caos y violencia». Además, en sus autos ha insistido en que los miembros de la plataforma «emplearon instrumentos peligrosos y artefactos (…) que lanzaron contra los agentes de la autoridad».

La vuelta de Rovira

A pesar de que la teniente fiscal del Supremo rechazó elevar la causa para que el alto tribunal investigara a Puigdemont por terrorismo, la Sala de lo Penal decidió seguir la tesis de García-Castellón. Los magistrados consideraron que las conductas analizadas en el caso Tsunami encajaban en los artículos 573 y 573 bis del Código Penal porque se puso en peligro la integridad física o moral, o bien contra la libertad, entre otros bienes jurídicos, al «alterar gravemente la paz pública, o para obligar a los poderes públicos a realizar determinada actuación». Además, imputaban al expresident la organización de las protestas.

El archivo de Tsunami tiene su origen en el recurso que presentó Marta Rovira, exsecretaria general de ERC. Una vez que García-Castellón ha cerrado la causa, la dirigente independentista ya ha manifestado su intención de volver a España, de donde huyó rumbo a Suiza en marzo de 2018 para eludir a la justicia. Su intención es regresar este mismo sábado a Barcelona.

Publicidad
MyTO

Crea tu cuenta en The Objective

Mostrar contraseña
Mostrar contraseña

Recupera tu contraseña

Ingresa el correo electrónico con el que te registraste en The Objective

L M M J V S D