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Tribunales

Condenan a un hombre a 21 años de prisión por asesinar a otro en una discoteca en Valladolid

El individuo disparó a la víctima en el pecho con un arma para la que no poseía licencia, tras una fuerte discusión

Condenan a un hombre a 21 años de prisión por asesinar a otro en una discoteca en Valladolid

Fachada del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. | Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de 21 años de cárcel para Rubén A.S., por el asesinato de un joven en una discoteca de La Cistérniga (Valladolid). La sentencia, que incluye delitos de amenazas y tenencia ilícita de armas, fue ratificada tras desestimar el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado. El veredicto inicial, emitido por un jurado popular, impuso inicialmente dieciséis años y seis meses por el asesinato consumado.

El suceso tuvo lugar en la madrugada del 1 de agosto de 2022, en un establecimiento nocturno conocido como ‘Fiestuki’. Según se detalla, tras una discusión, el acusado disparó a la víctima en el pecho con un arma para la que no poseía licencia, amenazando además a varios empleados que intentaron detenerle. Rubén A.S. consiguió huir en su vehículo junto a una amiga, quien fue absuelta en el juicio por el delito de tenencia ilícita de armas.

La Audiencia Provincial había considerado que el acto fue premeditado, destacando la imposibilidad de defensa de la víctima y asegurando el resultado de la acción por parte del procesado. En su resolución, el Tribunal Superior de Justicia ha indicado que el recurso presentado por el acusado se centraba en negar su participación tanto en la muerte como en las amenazas previamente descritas.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal, al revisar el caso, ha concluido que la versión alternativa de los hechos propuesta por la defensa, que sugería la autoría de una tercera persona no identificada, choca con la valoración efectuada por el Jurado de las pruebas personales. Así, se ha respetado el relato de hechos probados de la sentencia, basado en el veredicto del Jurado, que además está «suficientemente motivado».

El Tribunal ha manifestado que no puede hablarse de vulneración del principio de presunción de inocencia y que la condena no carece de una base razonable. Esta decisión subraya la firmeza de los procedimientos judiciales y la importancia de las pruebas en el proceso de toma de decisiones judiciales. La sentencia ratificada asegura que las responsabilidades por los actos cometidos en aquel trágico evento en La Cistérniga quedan debidamente atribuidas y confirmadas por la justicia.

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