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La Justicia tumba la querella de Sánchez contra el juez que investiga a su mujer

El presidente del Gobierno había emprendido acciones legales por la actuación del instructor en el ‘caso Begoña Gómez’

La Justicia tumba la querella de Sánchez contra el juez que investiga a su mujer

Pedro Sánchez | Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha tumbado por unanimidad la querella por prevaricación que presentó el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra el juez Juan Carlos Peinado, según ha publicado Europa Press. Este es el magistrado que dirige la investigación contra su esposa, Begoña Gómez, por presunto tráfico de influencias y corrupción en los negocios.

En el auto dictado este viernes consta un voto particular; sin embargo, este no cambia el sentido unánime de la decisión. La Sala de lo Civil y Penal del TSJM se ha pronunciado de esta forma tras estudiar el informe que presentó la Fiscalía a favor de que admitiera la querella de Sánchez, a través de la Abogacía del Estado, presentó contra Peinado y su sustituto, el juez Carlos Valle.

Esta se basaba en dos resoluciones: la providencia por la que se le citó como testigo en el marco del denominado ‘caso Begoña Gómez’ y la providencia por la que se rechazó que declarase por escrito. La Abogacía defendió que había «múltiples elementos» que hacían «evidente» que la decisión de tomarle declaración como testigo a Sánchez en La Moncloa, de forma presencial, el pasado 30 de julio era contraria a la ley. Argumenta que se le despojó de una de las «garantías que le ofrece la ley de Enjuiciamiento Criminal».

Así, en la querella aseguraba que Sánchez tenía que haber comparecido por escrito debido a su condición de jefe del Ejecutivo, ya que considera que así lo fija la ley para los casos en los que se le tome declaración por hechos de los que tuvo conocimiento por razón de su cargo de presidente.

Sánchez presentó esta querella el mismo día en el que Peinado acudió a La Moncloa para tomarle declaración. En ese momento se acogió a su derecho a no declarar ante el juez al ampararse en el artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim). Esta establece que como cónyuge de Begoña Gómez está «dispensado de la obligación de declarar».

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