Condenan a la Xunta de Galicia a indemnizar con 45.000 euros a un profesor interino cesado
El docente, que llevaba 30 años en el cargo, no superó las pruebas de un procedimiento de estabilización
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Pontevedra ha condenado a la Xunta de Galicia a indemnizar con casi 45.000 euros (44.713 euros, en concreto) a un docente por su cese como personal interino, cargo que ocupó durante tres décadas. El magistrado ha emitido una sentencia que marca un hito en la comunidad, al reconocer el derecho a compensación económica de un profesor tras no superar las pruebas de un procedimiento de estabilización convocado por la administración autonómica.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha difundido el documento donde se afirma que el demandante prestó servicios docentes de manera ininterrumpida para la Consejería de Educación, a través de una serie de nombramientos concatenados como personal funcionario temporal, hasta su cese el 31 de agosto de 2023. El fallo subraya que el artículo 2.6 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, le otorga el derecho a la compensación reclamada.
El magistrado ha explicado que, si bien el cese del docente se produjo de manera legal, el artículo mencionado reconoce de forma «clara e indubitada» el derecho a una compensación económica. Esta compensación equivale a las retribuciones fijas de 20 días por cada año de servicio, con un límite de 12 mensualidades. El juez ha añadido que dicha ley es de obligada aplicación tanto por las administraciones públicas implicadas como por los órganos jurisdiccionales que supervisan su actuación.
Además, se ha destacado que el docente, tras su cese, fue nuevamente nombrado interinamente por la Xunta para el curso completo 2024-2025. El magistrado ha señalado que, muy difícilmente, el profesor podría haber obtenido una indemnización por la excesiva prolongación de sus nombramientos interinos por la vía de la responsabilidad patrimonial, según el artículo 32 de la Ley 40/2015.
La sentencia, que aún no es firme, permite la posibilidad de interponer un recurso de apelación. Este caso podría sentar un precedente importante en la forma en que se manejan los ceses de personal interino en el sector público, especialmente en el ámbito educativo, donde la estabilidad laboral ha sido un tema de constante debate y preocupación.