El juez del Supremo ve proporcional el registro al fiscal general ante la «gravedad» del delito
Este lunes, el magistrado ha acordado levantar parcialmente el secreto de las actuaciones en la causa
El juez del Tribunal Supremo Ángel Hurtado justificó que la entrada y registro en el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, que duró 10 horas, fue una medida «proporcional», «idónea» y «totalmente necesaria» ante «un delito de tal gravedad» como el de revelación de secretos.
Esta argumentación figura en los autos de entrada y registro en la sede de la Fiscalía General del Estado y de la Fiscalía Provincial de Madrid del pasado de 30 de octubre que se han conocido este lunes, una vez que el magistrado ha levantado parcialmente el secreto de sumario.
En el auto, al que ha tenido acceso EFE, Hurtado explicó que el registro se ordenó ante «la existencia de sospecha objetivamente fundada de la comisión de una concreta infracción criminal» así como de los «principios de proporcionalidad de la medida» y «necesidad de la misma».
Justificó la proporcionalidad ante «la persecución de un delito de tal gravedad como es el de revelación de secretos» y la necesidad de la medida pues «sin la entrada en el edificio público no sería posible la intervención de los dispositivos y comunicaciones que se consideran indispensables para continuar la investigación», al tratarse de «una medida absolutamente idónea» en este caso.
Lo dijo porque «a través de esta actuación pretende accederse a información relevante que permita avanzar» en la causa dejando claro que «las conversaciones, a través de sus correos o mensajería instantánea, entre los intervinientes no puede conocerse y aportarse al proceso de otra forma que no sea la de su intervención».
Hurtado ordenó que el registro se limitara «exclusivamente» al examen de «aquellos correos electrónicos y mensajes que pudieran tener una relación directa con los hechos». Por otra parte, el magistrado dijo que el registro «se hará a presencia del interesado o persona que legítimamente le represente», sin embargo, «no es necesaria la presencia del letrado del investigado».
«Pues estando garantizada la fe pública judicial (del letrado de la administración de Justicia) y practicándose el registro con autorización judicial, la urgencia de la diligencia para evitar la ocultación de pruebas impide generalmente esperar a que pueda designarse letrado y que éste asista a la práctica del registro», explica el magistrado.
Eso sí, «todo ello sin perjuicio de que aquel pudiera personarse en cualquier momento», es decir, «no existirá inconveniente alguno a la presencia de letrado (…) siempre y cuando se asegure previamente la entrada y registro, lo que implica que no se suspenderá la entrada en el domicilio hasta la llegada de letrado».
En Fiscalía General, además de García Ortiz, estuvo el letrado de guardia de la Abogacía del Estado, toda vez que él no había designado todavía a su letrado de la Abogacía. En el caso de Pilar Rodríguez, fiscal Provincial de Madrid, sí que estuvo acompañada por la letrada que designó de la Abogacía del Estado, informan fuentes jurídicas.
«La ejecución de las entradas y registros se desarrollarán atendiendo a la exigencia de asegurar la efectividad de la diligencia y para garantizar la sorpresa de su ejecución», detalló el juez.
Este lunes, Hurtado ha acordado levantar parcialmente el secreto de las actuaciones en la causa, después de que el pasado viernes dictara un auto por el que acotó el análisis de la información incautada en los registros, a todo lo que este relacionado con la causa entre el 8 y el 14 de marzo, los días clave en que se enmarcan los hechos.
El juez investiga si García Ortiz y Rodríguez incurrieron en un delito de revelación de secretos sobre los correos en que Alberto González Amador, novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, ofrecía un pacto a la Fiscalía en el que se declaraba culpable de dos delitos fiscales por defraudar más de 350.000 euros de los beneficios obtenidos por la venta de mascarillas en la pandemia.