'El Bigotes', condenado en Gürtel, accede a la semilibertad para colaborar con una ONG
El magistrado José Luis Castro subraya que la medida adoptada «no puede convertirse en un tercer grado encubierto»
Uno de los principales condenados por el caso Gürtel, el empresario Álvaro Pérez, El Bigotes, podrá salir de prisión para ir a trabajar y para colaborar con una ONG, en virtud del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, si bien aún no accede al tercer grado al no haber cumplido la mitad de su castigo.
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha dictado un auto, al que ha tenido acceso EFE, en el que flexibiliza las medidas de cumplimiento de Pérez, considerado uno de los cabecillas de la trama Gürtel, en sintonía con el criterio de la Fiscalía.
Lo hace al tener en cuenta una serie de «factores positivos» como el pago de parte de la responsabilidad civil que se le impuso en sentencia, la colaboración con la Justicia al reconocer los hechos en los últimos juicios de esta macrocausa y contribuir a esclarecer la intervención de otros acusados, o la existencia de una oferta laboral como comercial de departamento de marketing.
Ahora bien, el magistrado José Luis Castro subraya que la medida adoptada «no puede convertirse en un tercer grado encubierto», como pretende la defensa del acusado, y por eso aclara que Pérez seguirá clasificado en segundo grado, disfrutará de los permisos de salida propios a este régimen, sin que en este momento pueda disfrutarlos en fin de semana, y saldrá a trabajar y a colaborar con una ONG en el horario establecido, volviendo a prisión a dormir.
El juez por el momento no se pronuncia sobre la posibilidad de que pueda pasar a cumplir su castigo en el Centro de Inserción Social (CIS) Victoria Kent, como pedía la defensa del empresario, que tiene una condena acumulada de 18 años de prisión que vencen en 2035.
Además de la oferta laboral, El Bigotes cuenta con la posibilidad de participar en actividades de la ONG Solidarios, en concreto en charlas de sensibilización en centros educativos y universidades, algo en lo que el juez aprecia una «voluntad de resarcir el daño causado».
La ausencia de sanciones, la obtención de «numerosas notas meritorias», el buen uso de los permisos de salida o su participación en el programa Diálogos Restaurativos Responsabilización y Reparación del Daño han sido otros factores a tener en cuenta.
Instituciones Penitenciarias denegó en un primer momento su progreso a segundo grado, decisión que comparte el juez, al considerar «prematura» esta medida, dado que no cumplirá la mitad de la condena hasta febrero de 2026.
Sin embargo, tanto la Fiscalía como el juez consideran que se dan las circunstancias adecuadas para que acceda al régimen de semilibertad previsto en el artículo 100.2 del reglamento penitenciario. Los otros dos principales condenados por las múltiples ramas de este caso de corrupción, Francisco Correa y Pablo Crespo, llevan ya más de un año en régimen de tercer grado.