El Supremo cita a declarar como investigado a Ábalos el próximo 12 de diciembre
El instructor también llama a Víctor de Aldama y Koldo García los días 16 y 17 para interrogarlos en calidad de imputados
José Luis Ábalos está citado el 12 de diciembre en el Tribunal Supremo para declarar. El juez Leopoldo Puente ha acordado dar un paso adelante en la investigación de la presunta trama de corrupción por la adjudicación de mascarillas a Soluciones de Gestión durante la pandemia. Asume también la parte relativa a su asesor y al empresario Víctor de Aldama, que considera «indisolublemente ligados» al exministro. El magistrado cita al actual diputado del Grupo Mixto a las 10.00 horas para interrogarlo «de forma voluntaria» y llama para que declaren en calidad de imputados al comisionista de la trama el 16 de diciembre y a Koldo García un día más tarde.
En un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, Puente ofrece a Ábalos, que continúa aforado, la posibilidad de declarar de forma voluntaria. Lo hace de acuerdo con el artículo 118 bis de la ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), en aras de favorecer su derecho de defensa. Ahora, su abogado debe manifestar a la mayor brevedad si va a acudir a la citada declaración, quedando, en caso contrario, sin efecto el señalamiento.
La maniobra se realiza con carácter previo a resolver la procedencia de elevar el correspondiente suplicatorio al Congreso. El Supremo asumió el pasado 7 de noviembre la investigación sobre Ábalos al apreciar indicios de delitos por tráfico de influencias, malversación y cohecho en la exposición razonada que remitió al Alto Tribunal el juez que instruye el caso Koldo. Puente decidió que la Audiencia Nacional continuara la instrucción contra las personas que no están aforadas, aunque dejó abierta la puerta a hacerse cargo de ellos si se aprecia conexión «inescindible» respecto al antiguo secretario de Organización del PSOE.
El papel de Ábalos
El magistrado también cita a declarar como investigados a Aldama y al antiguo asesor de Ábalos, Koldo García. Puente acuerda asumir la competencia para investigar a ambos en relación con los hechos que están relacionados de forma «directa e inescindible» con los que pudiera haber protagonizado el aforado. Según el juez, los hechos que objetivamente conforman el perímetro de esta causa consisten en la adjudicación de contratos entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes.
La exposición razonada indica que Aldama sería la persona que, en beneficio propio y de terceros, a través de determinados pagos o de contraprestaciones económicas y aprovechando su influencia sobre Koldo García y sobre el propio Ábalos, «habría logrado para sí o para terceros y con beneficio económico propio, la adjudicación de determinados contratos, fundamentalmente con las entidades Puertos del Estado y ADIF, pero también con otras administraciones o entidades a ella vinculadas».
Respecto a Koldo García, las investigaciones realizadas por el Juzgado Central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional revelan se trataría de la persona que podría haber actuado como enlace entre la Administración o entidades vinculadas a ella a empresas privadas o conductas equivalentes, es decir, entre Aldama y Ábalos.
El instructor indica que los pagos de Aldama «siempre en los términos indiciarios que resultan propios de esta muy incipiente fase de la investigación, podría haber realizado a los dos primeros, aparecen en el escenario fáctico inescindiblemente vinculados a los cobros, como igualmente no resulta factible desconectar las gestiones intermediadoras que se atribuyen al Sr. García del efecto que las mismas pudieran haber proyectado sobre la persona del aforado».
Una única acusación
«Fácilmente se comprenderá el indisoluble vínculo entre unas y otras imputaciones si se repara en la que resultaría inconciliable coexistencia de resoluciones diversas en alguna de las cuales se descartara, por ejemplo, la existencia de los pagos, mientras otras proclamaran la realidad de los cobros», insiste el juez Puente.
El magistrado da un plazo de tres días a las seis acusaciones populares (PP, Vox, Hazteoir.org, Liberum, Manos Limpias y Asociación de Abogados Demócratas por Europa) para que informen en relación con la previsión legal de acumular a todas ellas en una única acusación.