El Supremo pide al Congreso el suplicatorio para Ábalos al apreciar indicios de delitos
El instructor aprecia indicios de integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación
El juez que instruye el caso Koldo en el Tribunal Supremo ha dictado este miércoles un auto en el que pide el suplicatorio, esto es, un permiso al Congreso de los Diputados para suspender la inmunidad de José Luis Ábalos, diputado del Grupo Mixto desde finales de febrero, cuando fue expulsado del PSOE. El magistrado cree haber encontrado «indicios bastantes» de la posible comisión de al menos cuatro delitos por el exministro de Transportes, que el pasado jueves en el Alto tribunal negó haber cobrado comisiones, como señala el empresario Víctor de Aldama.
Integración en organización criminal, tráfico de influencias, cohecho y malversación. Eso son los posibles cuatro delitos que habría cometido Ábalos, según el juez Leopoldo Puente. El magistrado entiende que «ha llegado un momento en el que la constancia de indicios cualificados» de la posible participación del exministro en los hechos.
Ese escenario, y según el auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, hace «imprescindible para avanzar en el camino procesal recabar la autorización de la Cámara prevista en la Constitución, que se cursará mediante exposición razonada remitida al presidente de la Sala Penal del Supremo para que le confiera el trámite correspondiente». Puente realiza este movimiento un día después de acabar la ronda de declaraciones en el Supremo, por donde han pasado Aldama, Ábalos y su antiguo asesor, Koldo García.
La decisión llega después de que Aldama haya entregado nueva documentación en el Supremo para tratar de probar que Ábalos y Koldo García recibieron comisiones por adjudicar a empresas amigas. El exministro y su asesor niegan la mayor, a pesar de que este último no pudiera explicar el pasado martes un incremento patrimonial de 1,5 millones de euros durante la etapa que se investiga. Las intervenciones telefónicas y los registros domiciliarios que acordó la Audiencia Nacional también han decantado la balanza para que Puente pida el suplicatorio.
Puente considera que existen «elementos bastantes» para considerar que Ábalos, «prevaliéndose de su condición de ministro» y «a cambio de determinados beneficios económicos que obtuvo por ello para sí, haber determinado la adjudicación de varios contratos de la administración pública o del sector público institucional con empresas privadas, en el marco de la situación de emergencia determinada por la pandemia del covid, en particular relativos a la adquisición, por vía de urgencia y emergencia, de material sanitario, mascarillas, trajes especiales y laboratorios para identificar vestigios de la enfermedad».
El magistrado precisa en el auto que, de lo investigado hasta ahora, se deduce igualmente que Aldama, «aprovechando la relación personal que le unía» con Ábalos y Koldo García «habría obtenido información previa sobre las necesidades derivadas de la urgencia, lo que le permitió articular una oferta para asegurar la adjudicación del contrato de suministro en favor de la empresa cuyos intereses promovía, Soluciones de Gestión, así como que podría haber obtenido también, antes y después, por un procedimiento semejante, la perfección de otros contratos de empresas y particulares con la administración pública y/o institucional».
En concreto, indica que Koldo «intervenía activamente en la contratación, gestionaba los contratos de adjudicaciones a las empresas y, al tiempo, realizaba operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las Ábalos también intervenía, personalmente y utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado».
Tres inmuebles
Puente se remite a la declaración voluntaria que Ábalos prestó el pasado 12 de diciembre, «viniendo a negar, en sustancia, la percepción de cantidad económica alguna como consecuencia de la adjudicación de los referidos contratos concertados para la adquisición de determinado material sanitario en el contexto de la pandemia del COVID-19 y de cualesquiera otros vinculados con la adjudicación de obra pública, lo que, naturalmente, no se aviene con los indicios ya mencionados y que se concretan en diferentes documentos y declaraciones con las que se ha contado, hasta el momento, en el curso de la investigación realizada».
El instructor del caso Koldo en el Supremo considera «indiciariamente justificado» que Ábalos pudo haberse beneficiado económicamente con el pago por parte de Aldama o de personas terceras por él interpuestas de los alquileres de la vivienda en la que residía quien fuera entonces la pareja sentimental, Jésica Rodríguez, y de haber concertado un alquiler con opción a compra de un chalé en la costa gaditana. También pretende aclarar si también habría obtenido el favor del comisionista de la trama en un contrato para cederle un piso en La Castellana valorado en casi dos millones de euros.