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El Supremo rechaza tomar las cautelares que pedía Ganz-Mavag para parar la venta de Talgo

El grupo solicitó las medidas mientras se resuelve el recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo del Gobierno

El Supremo rechaza tomar las cautelares que pedía Ganz-Mavag para parar la venta de Talgo

Talgo.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha rechazado la petición de medidas cautelares interpuesta por el grupo húngaro Ganz-Mavag para paralizar la venta de Talgo, después de que el Gobierno vetara a finales de agosto su opa por el 100 % del fabricante de trenes español.

La Sala ha informado este lunes de que ha denegado la solicitud de medidas cautelares presentada por Ganz-Mavag, «para que se acuerde la suspensión de cualquier negocio o proceso de adquisición de acciones o participación de cualquier tipo en el capital social de Talgo y la notificación de la misma a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)».

El grupo húngaro solicitó que se adoptasen dichas medidas cautelares mientras se resuelve el recurso contencioso-administrativo que presentó contra el acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de agosto de 2024, que denegó la solicitud de autorización de inversión extranjera de esta empresa para la adquisición del 100% del capital del fabricante de trenes.

El Supremo ha señalado que considera que «no se dan los requisitos de existencia del ‘periculum in mora’ y de apariencia de buen derecho para adoptar las medidas cautelares solicitadas».

En relación con el ‘pericum in mora’, «no aprecia que el no acogimiento de la medida cautelar tenga una incidencia en términos tales que haga imposible la ejecución de un fallo judicial estimatorio, por no ser susceptibles de reparación los efectos lesivos derivados de la ejecución del acto administrativo».

La medida cautelar propuesta «afecta de esta manera a intereses generales y de tercero, pues no cabe duda, en cuanto a estos últimos, que la exclusión de las acciones de Talgo de las reglas de libertad de oferta y demanda que rigen los mercados de valores supone una privación de derechos a los terceros que pudieran estar interesados en la adquisición de acciones de Talgo».

Además, «puede eventualmente causar perjuicios a los propios accionistas de Talgo», en la medida en que esa prohibición de adquisición de acciones pueda influir negativamente en la cotización de las mismas en el mercado de valores.

Según la Sala, la prohibición de adquisición de acciones y participaciones de Talgo que pueda llevar aparejada la toma de una posición de control, «afecta al interés público representado por la fiabilidad y funcionamiento regular de los mercados de valores».

Los mercados se verían «menoscabados por la medida solicitada, en cuanto supone una limitación de la transmisibilidad de valores negociables protegida por el artículo 11 y concordantes de la Ley 6/2023, de 17 de enero, de los Mercados de Valores y los Servicios de Inversión».

Como resultado de la ponderación de los intereses concurrentes, la Sala «estima de mayor peso los intereses públicos y de terceros concurrentes en este caso y, por ello, preferente la ejecución del acuerdo del Consejo de Ministros recurrido, sin la adopción de la medida cautelar solicitada».

En cuanto a la apariencia de buen derecho invocada por la parte recurrente, el TS recuerda que viene haciendo una aplicación restrictiva de la misma.

Y añade que «no concurre en este caso el requisito exigido por nuestra jurisprudencia para acoger unas medidas cautelares en base al criterio de la apariencia de buen derecho, que exige que concurra una nulidad de pleno derecho manifiesta, ya que la apreciación de la desviación de poder como un supuesto de nulidad de pleno derecho por alteración del régimen de control de inversiones extranjeras requiere que nos adentremos en el examen del fondo del asunto hasta extremos a los que no es posible llegar en una pieza de medidas cautelares».

Ganz Mavag lanzó una opa por el 100% de Talgo, a cinco euros por acción, que le valoraba en 620 millones de euros, oferta que se encontró con el veto del Gobierno por razones de seguridad nacional. Para el grupo húngaro, la decisión del Gobierno español «carece de la más mínima motivación y produce al oferente la más absoluta indefensión».

Asimismo, afirma que su opa por Talgo «cumple con todos los requisitos legales vigentes y no existen razones fundadas para la oposición del Gobierno de España».

Actualmente, el fabricante de trenes está negociando la entrada en su capital del grupo siderúrgico vasco Sidenor, que ha propuesto la compra del 29,9% de Talgo que ostenta el fondo Trilantic, a un precio de cuatro euros por acción, lo que supondría valorar esa participación en 150 millones de euros y en unos 500 millones el total de la compañía, por tanto sustancialmente por debajo de la oferta húngara. Tanto el Gobierno central como el Ejecutivo vasco han expresado su respaldo a esta operación.

Otras fuentes en el entorno de las compañías apuntan a otros interesados en adquirir Talgo como Polski Fundusz Rozwoju (PFR), el Fondo Polaco de Desarrollo (una especie de SEPI), público, que controla también la compañía del país Pesa, que fabrica locomotoras, trenes regionales y tranvías, aunque no material de alta velocidad.

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