Manos Limpias denuncia ante el juez la «osadía» de García Ortiz al acusarle de filtradores
El sindicato anticorrupción presenta sus alegaciones al escrito del fiscal que lo señalaba por pasar información
El sindicato Manos Limpias, que ejerce la acusación popular en el caso del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha presentado ante el juez que instruye el caso sus alegaciones al escrito presentado por la defensa del fiscal en el que acusaba a Manos Limpias de filtrar información sobre el proceso. En este escrito, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE y presentado el pasado día 12, dicen no comprender «cómo la representación procesal de Álvaro García Ortiz tiene la osadía de acometer de forma directa acusaciones carentes de todo fundamento y de un modo claramente incompatible con un ejercicio mínimo de cortesía procesal». Además, acusa a la Abogacía del Estado, que defiende al fiscal, de realizar «fantasiosas aseveraciones».
El origen de este escrito presentado por el abogado Víctor Soriano Piqueras, que dirige la estrategia jurídica de este sindicato, está en el que presentó a su vez Álvaro García Ortiz ante el Tribunal Supremo. En el mismo, atacaba a la acusación popular e instaba al juez Ángel Hurtado a tomar medidas para frenar lo que considera «filtraciones ilegales». Además, alertaba de «las vulneraciones del deber de reserva del artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el desarrollo de un juicio paralelo en los medios de comunicación desarrollado al menos con la colaboración de las acusaciones particular y populares, así como la difusión pública de los criterios incriminatorios que las partes acusadoras particular y populares van realizando implican una vulneración de esas garantías, y singularmente el derecho a la presunción de inocencia, y comprometen la equidad del proceso penal».
La respuesta de Manos Limpias no se ha hecho esperar y en el documento, que obra en poder de este periódico, se apunta al fiscal como el posible filtrador de la declaración de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Para demostrar su apreciación aportan una recopilación de titulares en medios de comunicación digitales que recogen la literalidad de las declaraciones de Rodríguez, así como otra de mensajes en la red social X «de personalidades afines a los interesados del investigado sobre el testigo mencionado. Entre las publicaciones incorporadas se encuentran algunas que recogen declaraciones nada menos que de un miembro del Gobierno de la nación».
La primera alegación se refiere a «las filtraciones de información en beneficio de los intereses de la defensa» y señalan que «resulta cuando menos sorprendente que la representación procesal de Álvaro García Ortiz presente un escrito en un tono ajeno a la cortesía procesal para denunciar filtraciones de información a los medios de comunicación en relación con escritos de las partes o resoluciones procesales, cuando en la misma semana se ha filtrado -de forma falsaria, además- el contenido literal de una de las diligencias practicadas, de un modo que exclusivamente beneficia a su patrocinado y al Ministerio Fiscal, que en este proceso defiende los mismos postulados que la defensa».
Soriano señala que con esta apreciación «nos referimos, en particular, al tenor de la declaración prestada por el testigo Miguel Ángel Rodríguez, director del Gabinete de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, que fue pública minutos después de haber concluido, habiéndose conocido por los medios de comunicación tanto la literalidad de sus expresiones como también el hecho de que la Abogacía del Estado, que ejercita la defensa del investigado, habría interesado del instructor el volcado de su teléfono móvil».
A juicio del letrado, «estas filtraciones, que sí que podemos calificar de inculpatorias, pero de un testigo que colabora con la justicia como es su deber sin que bajo ningún concepto pueda presumirse su participación en la comisión de hechos delictivos, son de una gravedad extraordinaria y solo benefician a Álvaro García Ortiz». Asimismo, precisa que «no presumiremos cuál pueda ser el origen de las referidas filtraciones que, en cualquier caso, de haberse realizado por autoridades o funcionarios, serían constitutivas de delito y ya son objeto de investigación como consecuencia del testimonio deducido por el magistrado instructor y remitido al órgano jurisdiccional competente. Ahora bien, parece razonable que aquellas filtraciones que benefician a la defensa no pudieran tener su origen en partes procesales que mantienen postulados contrarios con ella. Es por ello que no alcanzamos a comprender cómo la representación procesal de Álvaro García Ortiz tiene la osadía de acometer de forma directa, con acusaciones carentes de todo fundamento y de un modo claramente incompatible con un ejercicio mínimo de cortesía procesal, contra las acusaciones particular y populares».
La representación jurídica de Manos Limpias señala que «las aseveraciones merecen nuestro total reproche, por no solo ser contrarias a la verdad e injuriosas de las partes que ejercitan la acusación en este proceso, sino, además, opuestas a lo que es evidente que ha sucedido en los días precedentes y es que las filtraciones que, ciertamente, se han producido, solo han beneficiado al investigado».
Pero es que, además, sigue diciendo el escrito, «si todo el falsario relato de contrario en su escrito de nada menos que 20 folios, solo tiene por finalidad la acumulación de acusaciones en este proceso, lo cierto es que con ello nada se conseguiría en relación con el número de personas que tienen acceso a la información, pues las partes intervinientes seguirían siendo las mismas. A mayor abundamiento, hemos de señalar que esta parte ya ha denunciado en el pasado mediante queja formulada por correo electrónico por el letrado que suscribe ante la oficina judicial, que por parte de la oficina de comunicación del Tribunal Supremo se habrían remitido a los medios de comunicación algunas resoluciones con carácter previo a su notificación a las partes, lo que entendemos que se deberá en todo caso a un error que hemos de presumir que habrá sido resuelto».
En cualquier caso, señala que «no puede negarse la relevancia pública de los hechos que son objeto de instrucción ni de las personas investigadas, lo cual supone necesariamente que por parte del Tribunal se difunda la información que se estime necesaria a los medios de comunicación».
La segunda alegación se refiere a la «improcedencia de los pedimentos de contrario» porque, a juicio de Manos Limpias, «no se ha vulnerado los derechos del investigado». En este sentido, subraya que «pese a la reiterada insistencia de la defensa por aducir la vulneración de los derechos fundamentales de su patrocinado, lo cierto es que esta instrucción está siendo impecable; prueba de ello es que se haya tolerado por parte del magistrado instructor la práctica de numerosas declaraciones de testigos a petición de la defensa pese a ser manifiesto que no guardaban relación con el objeto de la instrucción, cuyas declaraciones luego se han filtrado a los medios de comunicación en beneficio exclusivo de la imagen pública de Álvaro García Ortiz».
Finalmente, emite un duro comentario sobre la Abogacía del Estado, que ejerce la defensa del fiscal general del Estado, afirmando que «resulta vacuo oponernos aquí a las fantasiosas aseveraciones de la Abogacía del Estado con respecto a pretendidas e inexistentes vulneraciones de derechos de su patrocinado, que no han conseguido sustentar en su extensísimo relato en un solo hecho sólido, más allá de las acusaciones gratuitas y carentes de sustento, más allá de poner de manifiesto que lo que se pretende sí supondría una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de quienes ejercitan la acusación».