La Audiencia rechaza extraditar a Brasil a un acusado de ocultar un millón en criptomonedas
El juez deja al acusado en libertad provisional porque los delitos planteados no tienen encaje en el Código Penal español

Fachada de la Audiencia Nacional. | Eduardo Parra (Europa Press)
La Audiencia Nacional ha dejado en libertad provisional a un acusado de ocultar un millón de euros a través de criptomonedas y divisas extranjeras. El hombre, de origen chino y nacionalidad eslovaca, fue detenido por la Policía Nacional tras ser reclamado por Brasil. Está acusado de un presunto delito de blanqueo de capitales y otro de fraude, hechos que pueden ser castigados en el país sudamericano con hasta 10 años de prisión. Por el momento no será extraditado, ya que los hechos reclamados no tienen encaje en alguna figura de nuestro Código Penal y los acuerdos bilaterales requieren que sea delito en los dos países.
Las autoridades brasileñas señalan al ciudadano eslovaco de 45 años por un «delito de operaciones financieras no autorizadas para evadir divisas». Le acusan de utilizar varias empresas pantalla para «operar una institución financiera» sin la debida autorización y de llevar a cabo «operaciones de cambio no autorizadas a fin de promover la evasión de divisas del país».
El ciudadano de origen chino ocultó prácticamente un millón de euros de su fiscalidad, promoviendo operaciones de compra diaria de decenas de billetes de avión, de los cuales el 90% eran para vuelos dentro de China o para rutas internacionales sin conexión en Brasil. Además, según se expone en el auto, todos los días se presentaba con grandes cantidades de dinero en efectivo para comprar billetes de avión.
Nunca viajó a Brasil
El acusado declaró por primera vez en la Audiencia Nacional el pasado 27 de diciembre. Estuvo asistido por los abogados Juan Gonzalo Ospina y Juan Antonio García Jabaloy, que argumentaron que su cliente nunca había estado en Brasil, pero que hace años le robaron la documentación, acto que denunció en Eslovaquia.
Insistieron en que el acusado reside con su familia en España y trabaja como empleado en una tienda de ropa. Aportó documentación bancaria que refrendaba que no tenía en su poder los 700.000 euros que aseguraban los investigadores de Brasil y negó conocer las mercantiles que operaban con sus datos, oponiéndose el letrado de Ospina Abogados a su ingreso en prisión, algo que consiguió a pesar de la gravedad de los hechos.
La defensa argumentó que la acusación planteada por Brasil no tenía «encaje penal» en el Código Penal español, por lo que no había lugar a la entrega. Por el contrario, la Fiscalía solicitó que se llevase a cabo la extradición. La causa se retomaba por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado 7 de enero, donde el juzgado hizo suyos los argumentos de la defensa del reclamado, ejercida por los letrados de Ospina Abogados.
La extradición solicitada contaba con la existencia de la falta del criterio de doble tipicidad, quiere decir que el delito por el que se le acusa tiene que considerarse como tal tanto en España como el país que solicita, generándose dudas sobre el impuesto especial que reclaman las autoridades brasileñas, el cual se calificaba por el abogado penalista de la defensa de «atípico». Los magistrados han sentenciado que «en nuestra legislación, los hechos objeto de reclamación no tienen encaje en alguna figura delictiva», rechazando la extradición solicitada por las autoridades brasileñas.