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La Justicia extremeña tumba la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones de Badajoz

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura considera que el Ayuntamiento lo aprobó sin un plan de movilidad sostenible

La Justicia extremeña tumba la ordenanza de la Zona de Bajas Emisiones de Badajoz

Varias personas caminan por una calle de Badajoz. | Andrés Rodríguez / Europa Press / ContactoPhoto

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha declarado nula de pleno derecho la ordenanza del Ayuntamiento de Badajoz para la creación y gestión de su Zona de Bajas Emisiones (ZBE). La resolución estima un recurso presentado por la asociación Liberum y reprocha al consistorio pacense no haber tramitado previamente un Plan de Movilidad Urbana Sostenible, tal y como exige la legislación vigente.

La información, adelantada por Europa Press, indica que el TSJEx considera que el Ayuntamiento vulneró el artículo 14.3 de la Ley 7/2021 de cambio climático y transición energética, al establecer la ZBE mediante una ordenanza municipal y no a través del plan previsto por ley.

Sin información pública ni aprobación en pleno

La sentencia, que aún no es firme, señala que la ordenanza fue aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Badajoz el pasado 25 de abril de 2024, pero sin haber tramitado el plan requerido ni haberlo sometido a información pública, un procedimiento calificado como «esencial» por la Sala.

«Ni se ha llevado a cabo el trámite esencial de información pública del plan, ni el mismo ha sido aprobado por el Pleno Municipal», recoge el fallo, que concluye que «la inexistencia de plan hace que la Ordenanza Municipal que aprueba definitivamente la Zona de Baja Emisiones sea nula de pleno derecho por la vulneración de expresa determinación de norma con rango de Ley».

La resolución abre ahora la puerta a la presentación de un recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que será quien tenga la última palabra sobre la validez o no de la ordenanza anulada.

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